Paternalismo médico
Freddy García (Venezuela), Universidad Central de Venezuela
Medicina y profesiones de la salud
Definición conceptual. El paternalismo refiere fundamentalmente a dos ideas: por una parte, la de autoridad o dominio; por la otra, la idea de protección y afecto. Cabanellas (1982) define paternalismo como “actitud o comportamiento de suave dominación y protección desinteresada”. La idea de autoridad implica en la relación interpersonal una ubicación desigual de las partes involucradas, en la que a una de ellas se le reconoce en un plano superior en tanto que la otra permanece sumisa a sus órdenes o indicaciones. La idea de protección se sustenta en un principio de bondad, de ayuda. Es un actuar en beneficio de o por el bien de otro. Cuando se habla de paternalismo en el ejercicio de la relación médico-paciente (o profesional-usuario, expresión propuesta en la literatura española y no del todo aceptada en países latinoamericanos), la referencia es a la historia de la medicina prácticamente desde que se la conoce hasta la actualidad. En tal sentido, los historiadores lo identifican como expresión de los denominados paradigmas médico-filosóficos de la Grecia antigua y médico-teológicos del medioevo. En ambos, la voluntad del paciente no cuenta y solo el médico está en capacidad de restituirle la salud, aun en contra de su voluntad. No existe como tal una definición del paternalismo, tampoco del origen del término; en cualquier caso, la idea que subyace es la de la capacidad y autoridad del médico para decidir
lo que hay que hacer respecto de sus pacientes, siempre en procura de su bienestar o de lo que es mejor para él. He aquí el principio de bondad o ayuda. Para Katz (1989), “La historia de la relación médico-paciente desde la antigüedad al presente atestigua la dedicación y el cuidado de los médicos al bienestar físico de sus pacientes”. Se observa pues que el principio de beneficencia es inseparable de una concepción paternalista de la medicina, y este principio está en su origen. “Es procurar el máximo beneficio al enfermo” (Sánchez, 1998).
Caracterización. En el paternalismo podemos identificar: 1. Una verticalidad en la relación; el médico se ubica en un plano superior. 2. El médico da indicaciones que se asumen como órdenes. 3. La posición del paciente es de sumisión o de resistencia. 4. La autoridad del médico parece derivar de su posición de poder, asumiéndose en consecuencia que posee el conocimiento y la autoridad para actuar. 5. La información al paciente no es necesaria, por lo que la relación se sustenta en el silencio y la estrategia es el secreto (García, 2003). En el contexto latinoamericano, debe reconocerse que ha habido una larga tradición en el desarrollo de modelos políticos intervencionistas que han privilegiado el ejercicio de una concentración de poder, lo cual ha contribuido muy poco al desarrollo de ciudadanos participativos, por lo que resulta fácil encontrar también esta misma caracterización paternalista de la práctica médica en la relación docente y en el sistema judicial. Todos ellos están impregnados de un paternalismo generalizado muy arraigado en la conciencia ciudadana. Es difícil hablar del paternalismo sin hacer referencia a la autonomía como paradigma, no solo opuesto sino vigente, y en ambos al papel que ha jugado el manejo de la información que ha sido tal vez el elemento imprescindible para el cambio. Pues es a partir del ejercicio del derecho a la información como el individuo no solo nutre su capacidad de tomar decisiones, sino que también desarrolla el sentido de la responsabilidad ausente por inejecución en el paternalismo, donde es el médico en definitiva quien toma las decisiones y por ende asume la responsabilidad. Hoy día, y en franco desarrollo en nuestra región, uno de los conceptos de mayor vigencia en el contexto de la bioética es el referente al consentimiento informado, anglicismo que, aunque no expresa el verdadero proceso de comunicación que ha de seguirse entre médicos u otros profesionales y sus pacientes o usuarios, refleja el paso del paternalismo al ejercicio de la autonomía; conjuga en su expresión ese derecho-deber que obliga al médico a conceptuar al paciente en sentido íntegro y bajo el principio de la autodeterminación; por consiguiente se trata de un consentimiento obtenido previa información suficiente, veraz y oportuna.
Referencias Guillermo Cabanellas de Torres. “Paternalismo”, en Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, Buenos Aires, Editorial Heliasta, 1982, tomo VI, p. 146. - J. Katz. El médico y el paciente: su mundo silencioso, México, Fondo de Cultura Económica, 1989. - M. Sánchez. Historia, teoría y método de la medicina: introducción al pensamiento médico, Barcelona, Masson, 1998. F. García. “El consentimiento informado en los servicios de cardiología y cirugía cardiovascular del Hospital Universitario de Caracas”, tesis de grado, Universidad de Chile, Facultad de Filosofía y Humanidades, Escuela de Postgrado, 2003.
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