Trasplantes Humanos II. Valoración Moral. ÉTICA
Categoria:
Ética
Aparte de la ilicitud de cualquier trasplante que se efectúe con malos fines o en contra de las normas deontológicas referentes a la experimentación médica, y supuesta la existencia de una verdadera indicación terapéutica:a) Todos los autores están de acuerdo en declarar lícitos los trasplantes de órganos y tejidos de cadáver, siempre que se respeten las leyes vigentes a ese propósito y "las exigencias de la ley natural, que prohíbe considerar y tratar el cadáver de un hombre simplemente como una cosa o como el de un animal" (Pío XII, Discurso del 14 mayo 1956: AAS 48, 1956, 464-467); se ha de contar con la autorización de los parientes o ha de existir antes de la muerte el consentimiento del donante. El problema moral que implican estos t. es el de la certeza de la muerte (v.) del donante -en cuanto persona-, aunque exista una supervivencia vegetativa de órganos y tejidos concretos: el corazón, p. ej., en caso de trasplante de este órgano (v. Reanimación en SOCORRISMO II).b) Hay también unanimidad sobre la licitud de los heterotrasplantes -cuando el organismo donador es un animal y el receptor es un hombre-, excluyendo -como en el caso anterior, y en general en todos los casos- el trasplante de glángulas sexuales, si no tiene por objeto un mero aporte hormonal justificado terapéuticamente.c) Igualmente son lícitos los autotrasplantes, que se encuadran en el contexto moral de las intervenciones quirúrgicas ordinarias (para la cirugía estética o plástica, cfr. Pío XII, Discurso del 4 oct. 1958: AAS 50, 1958, 953 ss.).d) Un problema controvertido durante bastante tiempo ha sido el de los homotrasplantes humanos "inter vívos". Los autores que se inclinan por su ¡licitud aducen que esas intervenciones mutilan al donante, contrariando la finalidad que tienen las partes del cuerpo respecto al bien de todo el organismo, y que implican un abuso de dominio sobre el cuerpo (cfr. p. ej., L. Bender, Organorum humanorum transplantatio, "Angelicum" 31, 1954, 139-160; G. Bosio, Il problema de¡ trapianti sotto Vaspetto morale, "Civiltá Cattolica" 107, 1956, 382-394; P. Palazzini, Morale dell’attualitú, Roma 1963).Los autores favorables (cfr., p.ej., C. Bouchaud, Réllexion morale, en Cahiers Laérmec 26, 1966, 41-45; A. Sabattani, Aspectti morafl e giuridici de¡ trapianti di organo, "Minerva Medica" 56, 1965, 546; B. Peña, Los trasplantes médicos ante los principios morales, Roma 1967) responden que se trata de operaciones objetivamente buenas, pero no suelen concordar en el motivo de la licitud: para unos, se justifican por el principio del doble efecto; para otros, a base de una interpretación menos literal del principio de totalidad (la ordenación de las partes del organismo al bien del todo; V. VOLUNTARIO, ACTO); para otros, por último, partiendo de la unidad moral que hay entre los hombre, que serían considerados como un organismo, al que podría aplicarse a la letra el principio de totalidad. Entre los argumentos anteriores, sólo este último ha sido rechazado por el Magisterio, que ha negado que la humanidad pueda ser considerada como un organismo moral a efectos de los trasplantes, y por consiguiente no ha admitido que se pudieran aplicar a este "organismo" las consideraciones que convienen al organismo físico; "el fin que se persigue es comprensible y laudable, pero el método propuesto y la prueba en que se apoya son erróneos" (Pío XII, Discurso del 14 mayo 1956: AAS 46, 1956, 464).Actualmente, se tiende a justificar este tipo de trasplante negando que la extirpación del órgano del donante signifique una mutilación (v.) en sentido propio, y aduciendo el principio de finalidad -invocado frecuentemente por el Magisterio y por la tradición teológicacomo fuente de solución al problema moral de los trasplantes: el hombre sano y libre puede ofrecer parte de su organismo en provecho del prójimo, sin contradecir la naturaleza; la caridad elevará luego la acción, que no será solamente justificable sino meritoria. Esta solución a favor de la licitud del trasplante queda reforzada ulteriormente si se considera el silencio del Magisterio ante la realidad de hecho de los trasplantes, y el testimonio favorable y laudatorio de muchos autores prudentes y de recto criterio. Las alabanzas del Magisterio ante homoinjertos menores y otras prácticas similares (p. ej., las transfusiones de sangre) corroboran también la sentencia favorable (cfr. Pío XII, Discurso del 9 oct. 1948: Discorsi e Radiomerissaggi 10, 1948-49, 253-254; Discurso del 5 sept. 1958: AAS 50, 1958, 726-732; luan XXIII, Discurso del 8 mar. 1959: Encicliche e Discorsi 1, 1958-59, 151).Para la licitud de los trasplantes inter vivos se requieren además las siguientes condiciones: por parte del donante, que se trate de un órgano no estrictamente necesario para la vida y que la donación sea libre, no exigida ni obligatoria, y con un fin honesto; por parte del receptor, que el trasplante sea verdaderamente necesario para la vida o la salud; por parte de la operación misma, que tenga razonables esperanzas de éxito y haya una proporción entre el beneficio que se espera alcanzar en el receptor y el perjuicio que se causa al donante.e) Otro problema controvertido es el que ofrecen los homo y heterotrasplantes de glándulas sexuales primarias (testículo y ovario), si tienen como objeto no la simple aportación de hormonas (cfr. b), sino la eventual incorporación a la actividad biológica del receptor de las células germinales que esas glándulas produzcan; concretamente, si tienen como objeto eventual la concepción a partir de las células proporcionadas por el órgano trasplantado. En la hipótesis de que ese tipo de trasplantes fuera técnicamente posible y eficaz, presentaría graves reservas de orden moral, entre otras razones porque la paternidad y la filiación que originaría serían ficticias: el patrimonio genético de esas células aportadas por el trasplante es completamente diverso del que corresponde al sujeto receptor, y por consiguiente se carecería de una verdadera base biológica para fundar la relación paterno o materno-filial.1) Todavía más recientemente se ha planteado otro problema relacionado con este tema: el de los trasplantes de embriones humanos, desde el lugar de la fecundación (in vítro o in vivo) hasta otro organismo femenino receptor o hasta una máquina que sirviera para llevar a término la gestación. Admitida, por hipótesis, una perfección técnica que garantizara suficientemente la vida y la salud del embrión, de la madre y del sujeto receptor, y excluidas todas las modalidades derivadas de una fecundación (v.) in vitro, este tipo de trasplante podría revestir las siguientes variedades: 1) trasplante en un organismo femenino receptor: I) porque la verdadera madre no puede biológicamente llevar a término el embarazo; II) para evitar a la madre las molestias de la gestación y del parto; III) para "dar un hijo" a una mujer estéril; 2) trasplante del embrión a un útero artificial, por los motivos señalados en 1 I) y II); 3) trasplantes de retorno, al verdadero organismo materno, después de realizar una intervención terapéutica, quirúrgica o de otro orden, en el feto.Ante este cuadro, y tratándose de hipótesis condicionadas a un real desarrollo futuro de técnicas todavía incipientes o apenas vislumbradas, es imposible contar con declaraciones explícitas del Magisterio, o con argumentos específicos de orden escriturístico o de tradición. A la luz de otras enseñanzas semejantes, y con la reserva de posibles intervenciones magisteriales, podemos excluir inmediatamente como ¡lícita la modalidad enunciada en 1 II); sería también ilícita --en virtud de los principios que regulan la transmisión de la vida humana- la maternidad mercenaria correspondiente a 1 I) y III) (V. INSEMINACIÓN ARTIFICIAL). Podrían ser lícitos los casos correspondientes a las hipótesis 2 y 3: en el caso 2, sólo si se trata de salvar un embarazo que de otro modo quedaría interrumpido, y se aplicarían entonces los principios morales vigentes para la aceleración del parto (v.); en el caso 3 -supuesta la garantía de la vida del fetola licitud del t. quedaría condicionada a la de la intervención terapéutica que se tratara de realizar.L. SORIA SAIZ.
BIBL.: Además de la ya citada: A. MICHEL, Mutilation, en DTC X,2569-2581; A. NIEDERMEYER, Compendio de Medicina Pastoral, Barcelona 1956; O’DONNELL, Ética Médica, Madrid 1965; C. Rizzo, injertos y trasplantes, en Dicionario de Teología Moral, Barcelona 1960, 645; J. MARTíNEZ, Cotejo de opiniones sobre trasplantes humanos "Sal Terrae" (1956) 84-91; M. ZALBA, La mutilación y el traWlante de órganos, "Razón y Fe" (1956) 523-548; 1. ToDOLf, ktica de los trasplantes, Villava 1968; R. Di MENNA, Valutazione morale della sperimentazione in embriologia umana, Roma 1972,
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