Statuta Ecclesiae Antiqua HIST.
Categoria:
Historia de la Iglesia
A menudo citados bajo el título de IV Conc. de Cartago (después de la Hispana y las Falsas Decretales), los S. son un breve compendio canónico compuesto en el sur de la Galia, -en la segunda mitad del s. v, como demostraron los Ballerini en 1757 (S. Leonis Magni opera omnia, PL 56,87-89) y más recientemente F. Maassen (en Geschichte der Quellen und der Literatur des canonischen Rechts, 1, Graz 1870, 386-394) y Dom B. Botte (Le rituel d’ordination dans les Statutes, "Revue de Théologie ancienne et médiévale" XI, 1939, 223-241). Recientes investigaciones han permitido dar una nueva solución, que se espera sea definitiva, al tan debatido problema del origen de los Statuta. Fue Genadio de Marsella (v.) quien los ordenó (quizá basándose en elementos preexistentes) ca. 476-485.El compendio incluye tres partes: 1) el preámbulo Qui episcopas ordinandus est enumera las cualidades requeridas del candidato al episcopado y señala la profesión de fe, trinitaria y cristológica, que debe suscribir; 2) siguen 89 cánones disciplinarios sobre los más variados asuntos (deberes del obispo y de los clérigos, disciplina penitencial, relaciones con los herejes, bienes de la Iglesia, etc.); 3) figura por último un breve Ritual de ordenación (del obispo al salmista) que incluye prescripciones relativas a las vírgenes, los esposos y las viudas (can. 90-102). Esta sucesión está atestiguada por la regresión primitiva (manuscritos galos e italianos) que más adelante citaremos. En la tradición española el Ritual viene a continuación del Prólogo, y los cánones están dispuestos según el orden jerárquico.Las fuentes de los S. son numerosas y atestiguan amplios conocimientos por parte del redactor. La profesión de fe dimana directamente de la obra de Genadio titulada De ecclesiastibus dogmatibus, cuya primera redacción se sitúa ca. 470. Las otras proposiciones dogmáticas se encuentran condensadas en las obras de Genadio o en escritos por él conocidos, en particular el Liber de fide del monje español Baquiario y la Decretal de S. León a Toribio de Astorga (v.). Respecto a los cánones, el redactor ha seguido el plan de las apócrifas reglas apostólicas sirias Didascalia (v.), Constituciones apostólicas (v.), pero completa o corrige los textos que no expresan suficientemente sus intenciones personales, o no responden a los usos del medio para el cual destina su compendio. A tal efecto, utiliza, sobre todo, decisiones de concilios galo-romanos (can. 17,84-89) u orientales (fin del prólogo; can. 20,57-59); cita asimismo una decretal de S. León (50). En el Ritual de ordenación, resalta la influencia de la Tradición apostólica de Hipólito (v.) en la confección de las rúbricas relativas al sacerdote, al diácono y al subdiácono. Para los otros grados del estado clerical sigue el orden de las oraciones solemnes conservadas en el Oficio de Viernes Santo, pero las fórmulas de las ordenaciones menores parecen ser composiciones originales. Hay también motivos para creer que la imposición del evangelario a la consagración episcopal tiene su origen en las costumbres de Oriente, así como la adopción del orden del salmista.Contenido. Obra compleja, los S. constituyen, sin embargo, un conjunto coherente, gracias a las tendencias reformadoras que los inspiran. Su orientación presbiteral destaca plenamente. El redactor desearía ver al colegio sacerdotal respetado por el obispo (can. 2,12,56) y asociado a las principales responsabilidades diocesanas: ordenaciones (10), ejercicio de la justició (14), administración de los bienes de la Iglesia (15,50). Rebaja las pretensiones de los diáconos (57-61) y recuerda que es su deber estar al servicio de los sacerdotes del mismo modo que al del obispo (57).Más significativa todavía es la tendencia ascética que resalta en todo el compendio. Insiste el prólogo en las cualidades exigidas al ordenando: prudencia, ciencia, moderación. El obispo, nutrido de las Santas Escrituras, firme en la doctrina y capaz de transmitirla al pueblo en un lenguaje adecuado, se consagrará por entero a la oración, a la meditación y a la predicación de la palabra divina (can. 3). Pobre en su persona y en su casa, se mostrará afable en el trato con su clero (2) y bondadoso con las personas de condición humilde. Sabrá hacerse ayudar en las tareas temporales que le ocupen (can. 6-10); en su gobierno no se guiará por sus impulsos o sus gustas, sino que se mantendrá fiel a las reglas de la tradición. No son menos severos los preceptos destinados a los clérigos. Vivirán sencillamente (can. 25-26) y observarán una conducta siempre digna (27-28,34,68). Asistirán con asiduidad a los oficios litúrgicos (35) y respetarán los ayunos de precepto (76-77). Deberán guardarse de los peligros de un ministerio demasiado activo, de alegres festines y de la familiaridad con viudas jóvenes y vírgenes consagradas (27,68,73-74). Para evitar las tentaciones de la ociosidad, se ganarán el sustento mediante el trabajo manual (trabajos rústicos o de artesanado: artificiolo vel agricultura, 29,45) y dedicarán sus ocios al estudio (45, 79). Estos consejos se basan evidentemente en la tradición monástica, de que estaba nutrido Genadio, y se hallan expresados en las Reglas observadas en los monasterios provenzales de la época (Leríns, v.; San Víctor de Marsella) y en los escritos de Juan Casiano (v.), Julián Pomére y Cesáreo de Arles (v.).Una quincena de cánones recomiendan la unión, la concordia y la caridad a todos los miembros de la Iglesia, desde los obispos (47) hasta los simples fieles. El redactor desea que se prohíba el acceso al estado clerical a los fautores de discordia, a los disputadores y a los hombres de dinero (55). Llama "asesinos de los pobres" a los que no entregan a la Iglesia los legados para obras pías (86) y rehúsa inexorablemente los donativos de los cristianos que no viven conforme a la caridad o pisotean la justicia social.El programa trazado por los S. responde a una nueva y difícil situación de las iglesias provenzales. Los visigodos (v.) arrianos acaban de anexionarse el país, en un momento en que el catolicismo no ha arraigado aún por completo en la población y cuando los fieles se muestran a menudo negligentes en la práctica de sus deberes (can. 30-33, 46, 49, 54, 69, 77, 81-83, 86), dejándose seducir por el afán del placer y de lucro, el atractivo del ocio y la indiferencia religiosa o la superstición. Se imponen onerosas medidas contra las clases acomodadas, y son muy numerosos los pobres que esperan el socorro de la Iglesia (7, 30, 64, 70-72). Los trastornos sociales provocados por las invasiones obstaculizan el reclutamiento episcopal; hasta entonces surtido por las grandes familias galo-romanas. En adelante, los jefes de las iglesias provendrán, en su mayor parte, de los monasterios de la región. A esta nueva generación de pastores destina el redactor de los S. las definitiones Patrum recogidas y ordenadas por él con miras a las tareas que se imponen. Los concilios francos y visigóticos de las centurias siguientes, ampliamente inspirados en los preceptos de los S., se esforzarán por hacer real la reforma preconizada. La influencia de los S. sobre la literatura canónica de la alta Edad Media fue considerable. El valor moral de sus recomendaciones, su redacción expresiva y concreta, las tradiciones literarias de las scriptoria monásticas, les conquistaron una amplia audiencia. El Decreto de Graciano (v.) los recopiló a continuación de las colecciones canónicas medievales, contribuyendo de este modo a su pervivencia. En fin, el Ritual de los S. ha jugado un gran papel en la historia del Pontificado romano, que a ellos debe los formularios de las ordenaciones menores y el esquema de las demás ordenaciones (v. LIBROS LITúRGICOS).CHARLES MUNIER.
BIBL.: Ed. crítica: CH. MUNIER, Les Statuta ecclesiae antiqua, París 1960, 75-100; trad. italiana, ed. BALLERINORUM, PL 56,454465; trad. española, ed. F. GONZÁLEZ, PL 84,199-208. Estudios críticos: CH. MUNIER, O.C., 101-242; M. COQUIN, Le sort des Statutes dans les collections canoniques jusqu’á la Concordia de Gratien, "Recherches de théologie ancienne et médiévalen 28 (1961) 193-224.
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