Rebeldía II. Derecho Procesal. DER.
Categoria:
Derecho
La r., también llamada contumacia, consiste en la falta de comparecencia en el proceso (v.) de la persona que ha de constituirse en parte, no obstante los llamamientos judiciales (v. juicio). Se suele referir siempre al demandado o acusado, aunque también las otras partes pueden permanecer inactivas.Nadie debe ser condenado sin ser oído, pero la aplicación estricta de este principio podría dejar el proceso al arbitrio de las partes. Por ello se sustituye por la posibilidad de ser oído, y se arbitran soluciones que varían, según la naturaleza del proceso, el carácter voluntario o involuntario de la incomparecencia, y la concepción que se tenga sobre si hay un deber de comparecer o se trata de una facultad de defenderse.a) Suspensión del proceso hasta que comparezca el rebelde. Se aplica en el proceso penal, si bien tratándose de penas leves se tiende a admitir su celebración en ausencia del acusado.b) Continuación del proceso. A su vez, hay diferencias en la valoración de la inactividad: 1) Entender que está conforme con los hechos alegados que se dan por probados (ficta confessio). 2) Entender que está conforme con la petición que se formula. 3) Entender que se opone a la demanda. Los hechos alegados han de ser probados y el juez puede condenar o absolver al rebelde.La falta de comparecencia produce la sospecha de que se pretende eludir los efectos del juicio (v.), de aquí que se pueda solicitar la retención y embargo de bienes, y en el proceso penal se ordena a la policía la búsqueda del ausente.El rebelde puede comparecer en cualquier momento, pero no se vuelve atrás el procedimiento. Se le concede la facultad de recurrir contra la sentencia, que varía según la forma en que le fue hecha la notificación: a) si la notificación fue personal, sólo puede utilizar los recursos normales. b) Si la notificación ha sido en estrados, puede utilizar no sólo los recursos normales, sino también los extraordinarios de revisión o audiencia en r.R. ROJO URRUTIA.
BIBL.: C. VIADA, Curso de Derecho procesal penal, Madrid 1962; 1. SÁEZ y E. LÓPEZ, Compendio de Derecho procesal civil y penal, Madrid 1968; 1. GUASP, Derecho procesal, Madrid 1962.
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