Mudéjares I. Historia. HIST.
Categoria:
Historia
Con tal término, derivado del árabe mudayyan, equivalente a ’tributario’, ’vasallo’, ’sometido’, y con el significado de ’el que permanece en territorio no musulmán mediante el pago de un tributo’ se designa a las minorías musulmanas que permanecieron en zonas reconquistadas de la península Ibérica, gracias a pactos o amparados en los fueros o cartas-pueblas que los reyes cristianos o grandes señores concedían a las poblaciones musulmanas sometidas. El nombre de ahl al-dayn, ’gentes que permanecen’, con que se designa a los m. en textos árabes occidentales, muestra el carácter y origen de tales minorías musulmanas que dieron lugar al fenómeno cultural, típicamente hispano, conocido por mudejarismo y que subsistió en tanto duró la reconquista (v.) del suelo peninsular. "Moros sometidos a los cristianos", ejercieron, como antes los mozárabes (v.), el influjo producto de la simbiosis cultural hispano-árabe-islámica y constituyeron, en cierta forma, el elemento de transición entre la cuestión mozárabe y la cuestión morisca (v. MORISCOS). El m. es, como el ’moro de paz’, ’moro del rey’, ’vasallo moro’ con que se le designa en documentos cristianos hasta fines del s. XV, un súbdito de un reino cristiano peninsular, pero de religión islámica, prácticamente sin diferenciación técnica o racial con el súbdito cristiano.Fieles al lugar donde habían nacido, a su credo musulmán y a sus usos y costumbres, los m. se sintieron extraños, con todo, entre los cristianos protectores, ante la decadencia progresiva del Islam peninsular y, sin duda, experimentaron un cierto y natural complejo de inferioridad social, de hecho muy acentuado, debido a la discriminación religiosa y fiscal existente. Acogidos los m. a la protección que les dispensaban las leyes de los Estados cristianos, se presentan en el contexto social peninsular como la otra cara de la moneda en el problema de las minorías étnico-religiosas. El mudejarismo puede entenderse que surgió a consecuencia de la aplicación de la _dimma ’protección islámica basada en la ley religiosa’ a la inversa y dependiente de la voluntad de un soberano o de la conveniencia de algún súbdito importante. Los tributos que pagaban los m. constituyeron, con el trabajo de sus brazos -los cristianos realizaban una colonización por musulmanes de las tierras conquistadas-, una base muy estimable para sostener económica y demográficamente los cada vez más extensos reinos cristianos.Las pequeñas industrias urbanas, los conocimientos agrícolas de los m., superiores a los de los habitantes cristianos del centro y norte peninsular, contribuyeron adesarrollar las condiciones de vida de los nuevos pobladores de las tierras antes musulmanas. Las aljamas o comunidades de m. estuvieron bajo el estatuto proteccional real; conservaban sus mezquitas, aplicaban la ley musulmana tradicional según la escuela malikí (v.), pagaban los diezmos a la Iglesia, y conservaron su lengua, plagada de voces romances, dando lugar, en sus obras escritas, al nacimiento de la literatura aljamiada (v.). Vivían en barrios separados, llevaban un distintivo en su traje y se les prohibía el uso de ciertas telas. Dedicados, por lo general, a modestos oficios manuales, en situación económica cada vez más precaria, se vieron obligados a vender o a empeñar sus bienes, casi siempre en favor de los judíos, y a pedir préstamos. El llamado "nuevo mudejarismo", establecido por Alfonso X, con el sistema de extender la protección a territorios musulmanes mediante la conversión de sus pobladores en vasallos, supuso una nueva versión del fenómeno m. que tenía su expresión en la recaudación de tributos a musulmanes, quienes, de tal forma, podían mantenerse por más tiempo independientes políticamente. Los m. aragoneses, levantinos y castellanos dieron lugar al nacimiento de un arte muy peculiar que constituye una de las manifestaciones más espectaculares de la simbiosis que se produce en el cañamazo histórico hispano (v. II). Industrias suntuarias, obras del saber árabe-islámico, gracias a la colaboración de m., pasaron a los reinos cristianos y a la Europa de ultrapuertos traducidos al latín y al romance. La aportación de los m. a la economía, al desarrollo demográfico y a la trasmisión del saber a Europa constituye uno de los hechos más. espectaculares de la cultura medieval hispana.I. BOSCH VILÁ.
BIBL.: I. DE LAS CAGIGAs, Los mudéjares, Madrid 1948-49; F. FERNÁNDEZ GONZÁLEZ, Estado social y político de los mudéjares de Castilla, Madrid 1866; F. MACHO ORTEGA, Condición social de los mudéjares aragoneses (siglo XV), en Memorias de la Facultad de Filosofía y Letras, I, Zaragoza 1923, 139-319; P. DE GAYANGOs, Tratados de legislación musulmana. Leyes de Moros del s. XIV. Suma de los principales mandamientos y devedamientos de la Ley y Cunna, por don lCe de Gebir, alfaquí mayor y muftí de la aljama de Segovia. Año de 1462, en Memorial histórico español, V, Madrid 1853; L. TORRES BALBÁS, Algunos aspectos del mudejarismo urbano medieval, Madrid 1954.
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