Gran Bretaña (great Britain) II. Configuración Política. POLÍTICA
Categoria:
Política
El sistema político vigente en G. B. se consolidó en el s. XVIII, cuando las últimas tentativas de los soberanos para gobernar de modo efectivo quedaron anuladas por la coalición Gobierno-Parlamento, aunque ya en 1668-69, con la llamada "gloriosa revolución", se produjo el destronamiento del último Estuardo y la instauración de Guillermo de Orange, dándose un importante paso en el dualismo rey-Parlamento.El Bill of Rights (1689) formula, en sus 13 puntos, los principios esenciales en que se ha de basar la Constitución británica hasta fines del s.XIX (v. IV, 1). Es una declaración de derechos que el primer Parlamento de los reyes Guillermo y María de Orange proclama para "prevenir que su religión, su derecho y sus libertades no corran de nuevo el riesgo de ser subvertidos". El Parlamento empieza a ser omnipotente en cuanto se refiere a la elaboración de las leyes y al mandato fiscal, pero es el rey quien determina su tiempo de duración, de tal modo que el ejecutivo queda en manos del monarca y el Parlamento es quien sostiene financieramente a la corona. Es la interdependencia de ambos poderes, necesitado uno del otro. También por esta época nace el Consejo Privado, el gabinete del rey, inmediato antecedente del actual, que podía estar presente en las reuniones de la Cámara Baja y tomar parte en sus deliberaciones.El sistema bipartidista aseguró la existencia de una oposición legal y, casi, la eliminación de la influence, que permitía a los soberanos comprar a complacientes mayorías en la Cámara Baja para anular así el poder parlamentario. Pero fueron los Hannover, en el s. XVIII, los monarcas que perfeccionaron el Comitee of the King’s Privy Council, introduciendo la figura del primer ministro, quien debía abogar personalmente ante la Cámara Baja la adopción de las leyes. Esto trajo consigo que el jefe del gabinete real pasase a depender de la mayoría en la Cámara Baja y, a la larga, que el gabinete entero se viese en semejante situación. Se daban ya, pues, las condiciones políticas necesarias para el establecimiento de un sistema que es todavía el predominante en el país. Legalmente, de acuerdo con los usos y tradiciones (ya que se carece de una Constitución escrita), es una monarquía constitucional hereditaria. El poder ejecutivo radica en la corona, pero como el rey no gobierna, las funciones inherentes al desempeño de aquél compiten a un gabinete de ministros en representación del monarca reinante.El poder legislativo corresponde al Parlamento, compuesto por la Cámara de los Lores y la de los Comunes. La primera tiene un número variable de miembros (982 en 1972), pertenecientes a varias categorías: a) pares por derecho hereditario o creación real; b) pares en virtud de su cargo: miembros de la judicatura, dos arzobispos y 24 obispos; c) los 28 pares irlandeses de elección vitalicia, y d) los 16 pares escoceses, cuyo cargo se limita a la duración del Parlamento. Desde 1911, la Cámara de los Lores ha ido perdiendo importancia política y más bien se ha convertido en un museo de la política. La de los Comunes, a su vez, está compuesta por 630 miembros elegidos por sufragio universal directo, por un escrutinio uninominal mayoritario. Su mandato dura cinco años pero, en cualquier momento, la corona puede solicitar la renovación parlamentaria a petición del gabinete. Es un modo de sujetar a los más díscolos y rebeldes. Las leyes dictadas en 1911 y 1949 (Parliament Acts) privaron a la Cámara de los Lores del veto permanente que hasta entonces tenía sobre las resoluciones de la de los Comunes. En consecuencia, las leyes de contenido económico quedan sancionadas automáticamente tan pronto como termina su elaboración. Las demás leyes, en el supuesto de que sean vetadas por los Lores, pueden ser sancionadas si en el curso de dos sesiones -con intermedio de un año entre ellas- son ratificadas por los Comunes. De este modo, la Cámara de los Comunes se ha convertido en el órgano legislativo supremo, sobre todo teniendo en cuenta que, al no existir Constitución formal, la Constitución material (statutes o common law) se modifica por leyes ordinarias.Pero la verdadera figura representativa del Gobierno, el que dicta la política del país, es el primer ministro, cuyos poderes son cada vez mayores (por lo que se dice que el sistema está fracasando), debido principalmente a que las largas discusiones políticas del Parlamento no permiten conducir sin graves inconvenientes los negocios públicos. Y también porque la actual situación tecnológica ha desfasado los recursos dialécticos de los políticos profesionales. Esto exige -no sólo en G. B., por supuesto- una mayor colaboración entre el Gobierno, sus organismos y los técnicos que elaboran o dirigen los diversos proyectos. El primer ministro inglés suple, pues, a todos sus pares políticos y evita, con su presencia y la de los miembros de su gabinete (cuyo número oscila entre 15 y 20), la hegemonía de la tecnocracia sobre las concepciones políticas que, por estar fundamentadas en hechos humanos, deben ostentar la primacía.El primer ministro es siempre el jefe del partido que obtiene la mayoría en las elecciones parlamentarias y escoge a sus ministros de entre los miembros de su agrupación. El gabinete es plenamente responsable ante el Parlamento y una votación en contra puede acarrear su renuncia en pleno. Sin embargo, desde el momento en que el gabinete puede disolver al Parlamento y existe la "fidelidad partidista", es poco probable que los Comunes adopten una decisión equivalente a un voto de censura. En la práctica, y en los tiempos actuales, esta situación n0 se ha producido nunca (V. PARLAMENTARISMO).Escocia, parte integrante de G. B., tiene una representacción de 71 miembros en los Comunes. Irlanda del Norte está representada por 12 diputados y, aparte, cuenta con un legislativo y un ejecutivo propios. El Parlamento irlandés se compone, a su vez, de una Cámara de los Comunes y un Senado (52 y 26 miembros, respectivamente), cuyas funciones legislativas están subordinadas, en cierta manera, al Parlamento de Londres. El poder ejecutivo lo ejerce un gobernador, secundado por un gabinete y su primer ministro, en representación del soberano inglés.Si la soberanía del Parlamento es el principio que define sus relaciones con la corona, el otro principio tradicional del régimen inglés es el rule of law, que determina la situación del súbdito británico bajo la acción tutelar de sus jueces. Los tribunales de justicia, como consecuencia de un complicado proceso de formación histórica, no presentan una fisonomía unitaria que los presente como un cuerpo único, sino que tienen, sobre todo en su primera y última instancia, un carácter especial debido a un hecho o a un privilegio histórico. En cuatro principios se expresa la naturaleza del rule of law: 1) la soberanía del Parlamento para definir nuevos derechos y modificar o derogar los existentes; 2) el rey no puede ser demandado ante sus propios jueces; 3) los jueces son independientes, y 4) su actuación es pública y en sus resoluciones participan elementos no profesionales de la justicia, los jurados.V. t.: IV; ESCOCIA III; GALES II; IRLANDA DEL NORTE II; INGLATERRA III; COMMONWEALTH.LUIS SASTRE.
BIBL.: K. LOEWENSTEIN, Teoría de la Constitución, Barcelona 1965; M. JIMÉNEZ DE PARCA, Los regímenes políticos contemporáneos, 4 ed. Madrid 1968; J. MEYNAUD, Introducción a la ciencia política, 2 ed. Madrid 1964; L. SÁNCHEZ AGESTA, El Derecho constitucional en Inglaterra, etc., Granada 1948; CH. PETRIE, La monarquía inglesa contemporánea, Madrid 1963; J. D. SCOTT, La vida británica, Madrid 1961; R. W. LEONHARDT, Las 77 Inglaterras, Madrid 1963; 1. CHASTENET, La Inglaterra de hoy, Madrid 1966.
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