Criminologia I. Ciencia. CIENCIA
Categoria:
Ciencia
Concepto y naturaleza. El estudio del delito (v.), su autor y los medios de reacción contra ellos, no puede ser realizado por una sola ciencia. El delito presenta aspectos diversos sobre cada uno de los cuales se ha polarizado el conocimiento humano, dando lugar a distintas ramas del saber, las cuales, cuando cuentan con un objeto independiente y método de investigación propio, se convierten en auténticas ciencias. El conjunto de todas estas disciplinas integra lo que se conoce con el nombre de "enciclopedia de las ciencias penales". Una de ellas es la c.No hay acuerdo sobre el concepto de c. Para definirla se han propuesto diversas fórmulas, variando.cada una de ellas en función de la vocación y formación científica del autor que la propone. La consecuencia es que tales definiciones unas veces resultan parciales e incompletas, y amenazan con reducir la c. a un mero capítulo de otras ciencias; y otras demasiado amplias, en cuanto aspiran a comprender en ella todas las ciencias del hombre o, al menos, la totalidad de las penales. Sin entrar en la polémica, creemos que el concepto que más se ajusta a su verdadero cometjdo y objeto es el que formula Stephan Hurwitz, quien la define como "aquella parte de la ciencia criminal que pone de relieve los factores de la criminalidad mediante la investigación empírica".Así determinado, quedan fuera de su marco el estudio de los medios de reacción contra el delito, que forman parte de la política criminal (v. II); y el de la ejecución de las penas (v. PENA I, 2). Algunos autores, haciéndose acreedores al calificativo de imperialistas que le aplicara Quintano Ripollés cuando habló de imperialismo criminológico, pretenden comprender estas dos zonas dentro del ámbito de la c. Ha sido también objeto de polémica la cuestión de si la c. constituye una ciencia y, caso de serlo, si goza de autonomía. Se afirma que no puede constituir ciencia autónoma porque, aunque cuenta con un objeto de estudio propio, el aspecto real o fáctico del delito carece de un método unitario, ya que utiliza los que proceden de otras ciencias. En la actualidad, y dado el desarrollo experimentado por la c. en los últimos años, como dice M. Peláez, parece inútil preguntarse si constituye una ciencia autónoma: "lo que están demostrando los hechos, independientemente de cualquier discusión teórica".El desarrollo de la criminología. El que aspectos tan trascendentales como los de su concepto y naturaleza estén sometidos todavía a polémica, no debe resultar alarmante si se piensa que la c. es una ciencia muy joven y se halla en periodo de fijación científica. Aunque algunos autores han señalado antecedentes de ella en obras de los filósofos de la Antigüedad, en los reformadores sociales de épocas posteriores e incluso, como hizo C. Bernaldo de Quirós, en los cultivadores de ciencias ocultas, hasta el s. XIX no se realizan estudios sistemáticos sobre el fenómeno criminal, sus causas y los tipos de delincuente. Preparan el terreno para ellos, por un lado, la elaboración de estadísticas sistemáticas de lacriminalidad (que tiene lugar al principio del s. XIX) y, por otro, los autores que como A. Quetelet (17941874) y E. Ducpetiaux (180368), realizan estudios sobre ellas y desarrollan nuevos métodos de investigación. Sin embargo, es excesivo afirmar, como hace S. Hurwitz, que 1835, cuando Quetelet publica su obra Sur l’homme et le développement de ses facultés ou Essay de Physique sociale, haya de ser considerado como el punto de partida de fa c. El verdadero creador de ella es C. Lombroso (v.), y el acontecimiento bibliográfico que le otorga carta de naturaleza, su libro El hombre delincuente (Turín 1876). Sin embargo, no es este autor quien le da el nombre con que hoy la conocemos, sino Garofalo (v.), que titula una de sus obras Criminología (Turín 1885).La primera fase de la c. es puramente antropológica, atribuyéndose durante ella la calidad de factores fundamentales en la etiología del delito a los datos biológicos y antropológicos. Esta fase llega hasta 1909 en que muere Lombroso, aunque se prolonga algo en la obra de Mario Carrara. A ella sucede otra etapa en que la atención va a centrarse en criterios sociológicos, indagándose en el medio social en que se desenvuelve el delincuente. Esta orientación, que ya había destacado Ferri (v.), va a convertirse en teoría predominante cuando la c. se extiende fuera de Italia y sufre las influencias del pensamiento francés, especialmente de Lacassagne y Tarde. A partir de 1920, la c. sufre una nueva influencia, procedente de los logros conseguidos por la endocrinología (v.), dando lugar, sobre todo por el impulso de Nicolás Pende, a una endocrinología criminal que, en su última época, ya de decadencia, incorporaría a la nueva ciencia la biotipología (v.) criminal. La última influencia de otras disciplinas viene de la psiquiatría (v.) que, desarrollada por Freud (v.), habían de incorporar sus discípulos Alexandre y Staub. Estas distintas influencias procedentes de otras ramas científicas, y las consiguientes etapas a que dan lugar, explican la fisonomía de ciencia compleja que presenta la c. y las dudas y discusiones que existen en torno a su misma naturaleza.Hasta después de la II Guerra mundial, y especialmente a partir del Segundo Congreso Int. de Criminología (París 1950), esta ciencia no se independiza de estos impactos y adquiere auténtico rigor científico. En este Congreso se aceptan todas esas influencias, soltando las amarras que la vinculan a otras ciencias, al considerarla como una disciplina científica que aplica los métodos de las ciencias del hombre antropología, biología, psiquiatría, psicoanálisis y sociología al estudio del criminal, de su acto y de las circunstancias de éste. Desde entonces, las investigaciones criminológicas han experimentado un colosal desarrollo, mereciendo hoy la atención de cuantos se ocupan del fenómeno criminal. Es muy crecida su importancia para otras ramas pertenecientes a la "enciclopedia de las ciencias penales", tales como la ciencia penitenciaria, la política criminal y el Derecho penal (v.).El objeto de la criminología. El objeto de estudio de la c. es el delito. Ahora bien, el delito presenta dos aspectos: el real, al que pertenecen sus factores biológicos, psíquicos y sociológicos, y el normativo. Este último es objeto de estudio del Derecho penal; el primero, de la c. Esa variedad de factores que integran el contenido real del delito es lo que da a la c. su carácter de ciencia compleja y ha permitido su división en tres ramas: antropología criminal, psicología criminal y sociología criminal. En la actualidad se prefiere distinguir sólo entre biología criminal, que es la parte de la c. que estudia los factores hereditarios y constitucionales, las anormalidades psíquicas y las características críminopsicológicas del crimen (trata en consecuencia de la personalidad del delincuente en su relación con la criminalidad); y sociología criminal, que se ocupa del estudio de la criminalidad como fenómeno social.Interesante zona de estudio de la c. es la del tipo criminal. Nace éste como consecuencia de la diversidad con que se presenta el fenómeno criminal, tanto en lo que al acto se refiere como en lo que respecta al autor. Para poder describir y comprender esa serie de fenómenos faltos de unidad la ciencia criminológica se sirve del concepto de "tipo", al que se ha llegado porque la experiencia enseña como recuerda Seelig que, a pesar de la confusa pluralidad de actos y autores, "retornan" siempre formas de aparición del fenómeno criminal que son "típicas". Con el autor citado, puede definirse el tipo criminológico como "el curso real del fenómeno vital criminal en su totalidad concreta". Esta contemplación de la totalidad del fenómeno criminal hace aconsejable no formar los tipos criminales sólo con las características del acto, o de su situación, o con la personalidad del autor, pues el conocimiento de cómo aparecen unidas de modo típico estas características es lo que puede suministrar un saber del suceso criminal que responda a la realidad (Seelig).A. SAINZ CANTERO.
BIBL.: A. MERGEN, Die Wissenschalt vom Verbrechen, Hamburgo 1961; E. SEELIG, Tratado de Criminología, Madrid 1958; S. HURWITZ, Criminología, Barcelona 1956; M. PELÁEZ, Introducción al estudio de la Criminología, Buenos Aires 1966; J. A. SAINZ CANTERO, Derecho penal y Criminología, "Rev. de Legislación y Jurisprudencia", Madrid 1958, 199 ss.; R. G. CALDWELL, Criminology, Nueva York 1965.
Guarda este contenido en tu perfil
Inicia sesión o crea tu cuenta para guardarlo.