Pronuncio
El vigente Código de Derecho Canónico utiliza la denominación de Legados del Romano Pontífice para designar a todos los representantes acreditados ante los diferentes Estados con los que la Santa Sede mantiene relaciones diplomáticas.
Sin embargo, son designados nuncios los legados a los que los Estados, ante los que ejercen su representación, les reconoce la condición de Decanos del Cuerpo Diplomático. Los legados en aquellos países que no les otorgan el Decanato, son nombrados internuncios.
Antiguamente, se daba el nombre de pronuncios a aquellos nuncios que eran creados cardenales durante el ejercicio de su misión diplomática.
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