Pecado venial
Es el cometido al faltar de pensamiento, palabra, obra u omisión contra una medida prescrita en la ley moral, en materia leve. También se comete cuando se desobedece a la ley moral en materia grave, pero sin pleno conocimiento o sin entero consentimiento.
El pecado venial no destruye la caridad, aunque la ofende y la hiere. Impide el progreso del alma en el ejercicio de las virtudes y la práctica del bien moral. La reiteración de pecados veniales nos dispone, poco a poco, a cometer el pecado mortal.
Como no rompe la Alianza con Dios, no nos hace contrarios a la voluntad y la amistad divina, siendo posible su reparación con la ayuda de la gracia. Por el pecado venial nos hacemos merecedores de penas temporales, pero no a la condenación eterna.
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