Consentimiento matrimonial
Según el Código de Derecho Canónico es el acto de la voluntad por el cual el varón y la mujer se entregan y aceptan mutuamente en alianza irrevocable para constituir el matrimonio.
El matrimonio lo produce, precisamente, el consentimiento de las partes legítimamente manifestado entre personas jurídicamente hábiles y, en la actualidad, tiene lugar dentro de la Eucaristía celebrada para esta ocasión y tras el escrutinio al que les somete el sacerdote para constatar que lo van a otorgan libremente y con pleno conocimiento del compromiso que adquieren con este sacramento.
Para manifestar el consentimiento existen varias fórmulas y habitualmente va seguido del intercambio de arras y anillos entre los contrayentes.
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