Censo
Era un contrato entre dos partes, una de las cuales, el censalista entregaba una finca, frutos, o una determinada cantidad de dinero a la otra, el censatario, a cambio del pago anual de un canon cuya cuantía era libremente establecida entre ellos. Podían ser temporales o perpetuos y según el bien al que afectaban recibían distintos nombres. Entre ellos, el de enfitéutico, si era una finca; fructuario, en el caso de tratarse de frutos; y pecuniarios si lo entregado era dinero. Los censos se podían redimir o luir, de acuerdo con las condiciones pactadas.
Regulados por el derecho civil eran de uso frecuente en el ámbito eclesiástico donde también se daba el nombre de censo al canon que abonaban las iglesias, párrocos y beneficiados, de cada diócesis, al obispo en señal de dependencia.
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