Censuras
Entre las sanciones que la Iglesia puede imponer a sus fieles por la comisión de determinados actos, las más graves son las censuras.
Hay tres tipos de censuras: la excomunión, el entredicho y la suspensión. Esta última sólo puede afectar a los clérigos.
En ella se puede incurrir latae sententiae o ferendae sententiae. En el primer caso, la censura afecta al interesado desde el mismo instante en que cometió el acto, mientras que para el segundo caso, se requiere la incoación del correspondiente proceso y su expresa declaración.
El levantamiento de estas censuras queda reservado, en unos casos, a la Sede Apostólica y, en los restantes, al ordinario del lugar o persona en quien delegue.
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