can. 593
Sin perjuicio de lo que prescribe el can. 586, los institutos de derecho pontificio dependen inmediata y exclusivamente de la potestad de la Sede Apostólica en lo que se refiere al régimen interno y a la disciplina.
Firmo praescripto can. 586, instituta iuris pontificii quoad regimen internum et disciplinam immediate et exclusive potestati Sedes Apostolicae subiciuntur.
Codex Iuris Canonici (1983)
Código de Derecho Canónico (1983)
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