Escucha sinodal
Definición. Ejercicio activo, paciente y desarmado de prestar atención a lo que el otro dice y a lo que el Espíritu dice a través de él, antes de hablar, juzgar o decidir. Es la primera actitud permanente del proceso sinodal.
Raíz doctrinal. Ap 2,29 («escuche lo que el Espíritu dice a las Iglesias»); Documento Final del Sínodo sobre la Sinodalidad (2024); EG 31.
En la Arquidiócesis. Primera actitud permanente del II Sínodo. Antes de planificar, comunicar, decidir o ejecutar, se escucha: a la realidad, a las personas, a los más alejados, al Espíritu. En comunicación, se traduce en consultas, buzones, corresponsales parroquiales, encuestas pastorales y publicación respetuosa de las voces recogidas.
No es. Espera silenciosa para responder. La escucha sinodal modifica al que escucha y abre a decisiones nuevas.
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