Dignidad humana
Juliana González Valenzuela (México), Universidad Nacional Autónoma de México
Dignidad humana
“Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos…” (Declaración Universal de los Derechos Humanos).
Concepto y definición de dignidad. El concepto de dignidad está en el centro mismo de los Derechos Humanos. La dignidad intrínseca es invocada en todas y cada una de las declaraciones universales, y muy señaladamente en las que competen a la bioética y aprobadas por la Unesco: la del Genoma Humano, la de los Datos Genéticos Humanos. La más reciente, sobre Bioética y Derechos Humanos, ocupa un lugar central en las reflexiones éticas actuales y en la consideración de la naturaleza humana. Es una referencia obligada para la bioética, aunque es un concepto que carece de un significado claramente definido. Como lo señala la Encyclopedia of Bioethics: “Pocos términos o ideas son más centrales para la bioética y son menos claramente definidos que el de dignidad humana”. Etimológicamente, dignidad viene del latín dignus, dignum, que corresponde, en griego, a axios: valioso, apreciado, precioso, merecedor. La dignidad es equivalente a “valor”, a cualidad o a estatus, y se refiere por tanto a lo que merece estimación y honores. En la antigüedad tuvo, ante todo, este último sentido: era el mérito y valor, moral o social, de unos cuantos hombres “dignos”, incluso los que llegan a ser “dignatarios”. Para el cristianismo medieval, en cambio, la dignidad es atributo de todos los seres humanos porque son creados a imagen y semejanza de Dios. Pero son dos las nociones acerca de la dignidad
valor objetivo, absoluto e incondicionado como el de la dignidad humana (v. Vida, cuerpo y dignidad). El problema último que la libertad en su diferencia con la autonomía y en su conceptualización en sí le presenta a Kant se convertirá treinta años después en uno de los núcleos centrales de la filosofía de Hegel. Los fines de los hombres considerados aisladamente no pueden permitirle a la humanidad alcanzar su destino último como fin en el conjunto de su especie y por eso es que la naturaleza humana resulta más digna de ser amada en las relaciones mutuas de pueblos enteros. La tácita presunción de un sistema internacional de respeto de obligaciones universales ya está presente como camino posible.
[J. C. T.]
humana que subyacen en las concepciones filosóficas de la ética, de los propios derechos humanos y del humanismo secular. Una proviene del Renacimiento, en que expresamente la dignidad humana es vista como equivalente a la propia condición libre del hombre, al hecho de que él se da a sí mismo “su sitio en el mundo” y define su propio ser (Pico Della Mirandola). Dignidad, en este sentido, equivale a libertad. “No te dimos ningún puesto fijo, ni un rostro propios […] para que tú mismo como modelador y escultor de ti mismo […] te forjes la forma que prefieras para ti […] por tu misma decisión” (Oración sobre la dignidad humana). Otra es la concepción kantiana de la dignidad humana. Las cosas, dice Kant, tienen precio, pero el hombre, en cambio, tiene dignidad. Lo que tiene precio es intercambiable, puede ser mercancía, servir de medio para otros fines. La dignidad del hombre implica, por el contrario, que todo ser humano sea fin en sí mismo, insustituible, nunca intercambiable ni tomado como objeto o cosa, como instrumento o mercancía. En eso se cifra su dignidad y esta es intrínseca a todos y cada uno de los seres humanos por el solo hecho de ser humanos. Esto permite apuntar una definición de dignidad como el valor intrínseco de todo ser humano, en tanto que humano.
Dignidad, autonomía y persona. En su íntima conexión y correspondencia con otros valores humanos se alcanza la más cabal comprensión de la dignidad; esto es, con los valores o principios éticos fundamentales de la “autonomía”, de la condición de “persona”, de “igualdad” y de “no instrumentalidad”, así como del “respeto”. Todos ellos forman una especie de constelación axiológica por la cual se complementan y esclarecen recíprocamente, revelando aquello que constituye ese
núcleo específico e inviolable de la naturaleza humana, fundamento de todos sus derechos. Autonomía y dignidad son tan cercanas que en muchos sentidos pudieran verse como equivalentes: la dignidad del hombre corresponde ciertamente a esa nota distintiva esencial que es su capacidad de ser autónomo, de darse a sí mismo (autós) su propia “ley” (nomos), su propio “sitio en el mundo”. Autonomía y dignidad se implican e iluminan mutuamente sin ser por completo idénticas; “autonomía” no dice todo cuanto dice “dignidad”, y esta no hace expreso cuanto expresa “autonomía”. Pero ambas, autonomía y dignidad, son incomprensibles sin la condición de “persona” que define al ser humano. Y lo define al grado de que solo cabe hablar de ser humano en cuanto este es “persona”. Y persona es la forma específicamente humana de individuación, por la cual el hombre posee una singularidad única, irrepetible e insustituible, la cual constituye el centro y origen de sus estados de conciencia, de sus emociones y voliciones, de su identidad irremplazable, en suma. La dignidad equivale al valor intrínseco del hombre, precisamente en tanto que persona. De ahí que la propia dignidad sea lo que cada persona defiende y valora de sí mismo (autoestima) y sea al mismo tiempo lo que debe reconocer y respetar en los otros. Y a diferencia de lo que pudo haber sido en el mundo antiguo, la dignidad es reconocida ahora como valor universal, patrimonio de “la familia humana”, signo de su constitutiva “igualdad”. Somos iguales justamente en dignidad: “Todos los seres humanos nacen iguales en dignidad” –afirma categóricamente la Carta de las Naciones Unidas–. Esto significa que la dignidad no la poseen unos hombres y otros no; ella tiene validez ontológica, es definitoria del “ser” hombre y cuenta por igual, independientemente de todas las diferencias, históricas, culturales, físicas, psicológicas, sociales o morales.
Dignidad y respeto mutuo. Como valor intrínseco del ser humano, la dignidad significa el carácter de fin en sí mismo (y no de medio para otros fines), que conlleva todo hombre, su no instrumentalidad; aquella condición por la cual no puede considerarse medio, ni objeto, ni mercancía, ni cosa, al servicio de nada ni nadie; su condición esencialmente libre y no esclavizable, no intercambiable. Toda explotación o cosificación del ser humano atenta contra su dignidad o sea contra su propia humanidad. “Aquello que tiene precio puede ser sustituido por algo equivalente; en cambio lo que se halla por encima de todo precio y, por tanto, no admite nada equivalente, eso tiene una dignidad” (Kant). Y es evidente que también el “respeto”, comprendido en su sentido básico y esencial se halla necesariamente adherido al valor de la dignidad. Algunos autores consideran incluso que
la dignidad no es otra cosa que el respeto mutuo. La etimología remite al verbo re-spectare: mirar de nuevo, mirar desde dentro y hacia dentro, valga decir, desde la propia humanidad hacia la humanidad del otro. En eso se cifra respetar: asumirse a sí mismo o asumir al otro en la esencial dignidad. Todo esto explica que la dignidad humana remita también de un modo u otro a la solidaridad, e incluso a la justicia. La libertad implica de hecho la responsabilidad y con ella el cuidado del otro. Derecho y deberes van juntos. “La dignidad humana debe ser interpretada a la luz de los dos requerimientos de la libertad y de la solidaridad”, dice un texto del Comité Internacional de Bioética de la Unesco. Hay quienes consideran que la autonomía está más cerca de la responsabilidad de las personas; y la solidaridad, de la dignidad. Se advierte entonces, con claridad, que todo este conjunto de valores que gravitan en torno a la dignidad son valores fundamentales de la bioética. Ellos están presentes en todas las cuestiones éticas relativas al bios, a la vida y, en especial, al trato con ella que tienen la biomedicina y la biotecnología contemporáneas.
Referencias Roberto Andorno. Bioética y dignidad de las personas, Madrid, Tecnos, 1998. - Giovanni Pico Della Mirándola. Oración sobre la dignidad humana. - J. González. Genoma humano y dignidad humana, Barcelona, UNAM, Anthropos, 2004. - E. Kant. Fundamentación a la metafísica de las costumbres. - Carlos Nino. Ética y derechos humanos. Buenos Aires, Astrea, 1989. - Jürgen Habermas. El futuro de la naturaleza humana, Barcelona, Paidós, 2002. - Unesco, Declaración Universal sobre Bioética y Derechos humanos, París, octubre, 2005.
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