PECADO
(Del latín, peccare, originariamente dar un paso falso, cometer una falta). Infracción de la ley moral por acción u omisión (Cf. Ley moral).
Los pecados pueden ser:
- Veniales: Leves. Se recomienda que se los confiese(c. 988 § 2).
- Graves: Falta del hombre contra aquel amor que es esencial para la vida con Dios. El cristiano católico está obligado a confesar todos y cada uno de los pecados graves cometidos después del bautismo, según la especie (contra qué virtud o mandamiento) y el número (al menos aproximado), así como las circunstancias que cambien su naturaleza o su gravedad, no acusados todavía ni perdonados directamente en la confesión individual (c. 988 § 1). A esta obligación están sometidos, al menos una vez al año, todos los fieles que hayan alcanzado la edad de la discreción (cf. c. 11 y 989).
- Mortales: Apartan totalmente al hombre de Dios, le privan de la comunidad con Dios o de la vida de la gracia.
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