Tiranía POLÍTICA
Categoria:
Política
Es aquella forma de gobierno en que el poder se ejerce fuera de, o contra la justicia, bien porque quien de hecho lo detenta carece de título legítimo, bien porque poseyéndolo utiliza aquél para fines distintos del bien común, violando los bienes y derechos fundamentales de los súbditos. En ambos casos, el poder se convierte de un derecho al que corresponde el deber de obediencia, en pura fuerza opresora frente a la que es lícita la resistencia (v.).El estudio del tema de la t. y del tirano (v.) fue tratado ya por la Antigüedad greco-romana y por el pensamiento cristiano y medieval (V. GOBIERNO III). Los primeros escritores medievales, S. Isidoro (v.), etc., distinguieron ya entre el rey, que gobierna conforme a derecho, y el tirano, que oprime por la violencia. En la doctrina medieval confluyen dos inspiraciones: en primer lugar, la idea germánica de que el monarca está ligado a la comunidad por un pacto que le convierte en protector del derecho y cuya violación le despoja de su título, convirtiéndole en tirano, y, en segundo lugar, la teoría iusnaturalista del fundamento, el fin y los límites del poder político.Para S. Tomás, la esencia de la t. radica en que el poder se desvía de su fin, el bien común (v.), al ser utilizada para el provecho particular del gobernante. Unas veces, siguiendo a los clásicos griegos, le da un sentido estricto como forma corrupta de la monarquía, afirmando entonces que es la peor de las formas de gobierno; otras, parece atribuirle un sentido más amplio como corrupción de cualquiera de dichas formas. Aunque en él está sugerida, es Bartolo quien formalmente establece la distinción clásica entre el tirano por defecto de título que legitime su poder, usurpador, y el tirano según el régimen que, estando originalmente legitimado, ejerce, sin embargo, el poder contra el bien común y la justicia; en ambos casos el poder pierde su fundamento justificativo y degenera en pura violencia.En el s. XVI, con el brote del absolutismo (v.) monárquico y las luchas político-religiosas adquiere gran realce el estudio del tema de la t. y del tiranicidio, especialmente en una serie de escritores denominados "monarcómacos" (V. MARIANA, JUAN DE). Después decae con el afianzamiento del absolutismo en el continente europeo y la difusión de la doctrina abusivamente interpretada del derecho di vino de los reyes (V. DESPOTISMO ILUSTRADO; TEOCRACIA). Sin embargo, reaparece con el iusnaturalismo liberal ligado a la idea de los derechos innatos e imprescriptibles del hombre, inviolables por el poder estatal. Así, en 1. Locke (v.), autor que habla ya claramente de t. colectiva,admitiendo, p. ej., la posibilidad de la t. de un Parlamento; anteriormente, por reflejo de la misma realidad, lo normal era concebir la t. individual, aunque como hemos apuntado también se encuentra la idea de la t. como forma corrupta de gobierno en general. Los primeros textos constitucionales revolucionarios, americanos y franceses, consagran la resistencia a la opresión y el derecho de los pueblos a deponer al gobernante tiránico.El término opresión con que permanentemente se designa el ejercicio del poder tiránico significa la desvirtuación que le convierte de derecho en fuerza. Para entenderlo conviene recordar que para esta doctrina el poder del hombre sobre el hombre únicamente se justifica por su finalidad de gestionar el bien común (v.) y de respetar y hacer respetar el derecho (v.). Cuando desborda estos cauces pierde su justificación y se transforma en violencia que trata a los súbditos no como hombres libres, sino como cosas o esclavos, agraviándoles en sus bienes, materiales y espirituales, imponiendo la arbitrariedad como norma y originando la depravación moral de la sociedad (V. PODER).El tema de la t. decae y se oscurece en la teoría política de los s. XIX y XX. Una causa fundamental radica en el abandono de los criterios ético-teleológicos para caracterizar y enjuiciar las formas de gobierno, sustituyéndolos por criterios jurídico-formales; ejemplo representativo es G. lellinek (v.). Otro motivo es la mentalidad positivista incapaz de admitir un orden ético-jurídico, superior y común a gobernantes y gobernados, que permita enjuiciar la actuación de aquéllos (v. POSITIVISMO).Se dice también, a veces, que contemporáneamente la t. es inviable dadas las condiciones del "Estado de Derecho" (v.): el poder soberano corresponde al mismo pueblo, que lo ejerce por sus representantes; existe una división regulada de poderes y competencias, los ciudadanos disponen de recursos legales frente a los actos arbitrarios del poder, etc. Es verdad que en estas circunstancias parece impensable la t. en sus formas antiguas y modernas; pero no lo es menos, como recientes ejemplos históricos prueban, que pueden darse t. contemporáneas aún más perniciosas que aquéllas; sólo que en éstas la pura fuerza se enmascara tras una fachada de legalidad y con la manipulación y difusión masivas de ideologías mítico-totalitarias (V. TOTALITARISMO I). Por esto, el problema éticopolítico de la t. sigue siendo plenamente actual, aunque es precisa una reelaboración que adapte la teoría tradicional a las circunstancias contemporáneas.V. t: RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; REVOLUCIÓN; TIRANO.J. DELGADO PINTO.
BIBL.: A. BRIDE, Tyran et Tyrannie, en DTC XV,1948-1988; A. ADLFINGER, Die Entwicklung des Tyrannesbegri//es, Munich 1920; L. STRAUSS, On Tyranny, 3 ed. Glencoe 1963; A. PELÁEZ, Doctrina tomista sobre la tiranía, "La Ciencia Tomista" noviembre 1924; H. ROMMEN, El Estado en el pensamiento católico, Madrid 1956, 543-547.
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