Sindicalismo POLÍTICA
Categoria:
Política
El término s. abarca un contenido cuya interpretación admite restricciones sucesivas. En la más amplia equivale a acción sindical, al desarrollo de las actividades de un sindicato (v.) concreto o un grupo de ellos; más restrictivamente se refiere a la conducta política de los sindicatos o sus grupos; y más estrictamente todavía, indica la teoría política que pretende sustituir los mecanismos y organismos estatales, atribuyendo sus funciones a otros de tipo sindical. Nos vamos a ocupar aquí del s. entendido en estos sentidos más restrictivos, remitiendo por lo que se refiere a la acción sindical en general y a las internacionales sindicales a la voz SINDICATO.La doctrina sindicalista pura. El fenómeno asociativo que es el sindicato y la homogeneidad de sus miembros produce un ambiente favorable al proselitismo. Esta circunstancia fue advertida por los fundadores del socialismo (v.) militante, de ahí la tendencia socialista y socialdemócrata -estudiada por Tannembaum- a adueñarse de los sindicatos. Friedmann y Tréanton han analizado esta expansión de la politización sindical, que adultera los fines del sindicato, que se convierte en instrumento político al servicio de los partidos, utilizando sus masas como base para el suministro de los votos precisos para la evolución democrática de los países o para el triunfo de los respectivos partidos.Estos hechos y la ineficacia de la política para resolver las cuestiones sociales, sugirieron a Georges Sorel (v.) el pensamiento de convertir el sindicato, de mero instrumento de los partidos, en director y ejecutor de la acción del Estado, al que sustituiría. La ideología de Sorel tiene dos frentes, el crítico y el constructivo. El primero arranca de la negación de eficacia de toda acción política, exaltación, dice Legaz Lacambra, de una situación individualísima, de carácter vital, que llega a lo irracional, al negar eficacia para el futuro a cualquier pensamiento político, por ser producto de una singularidad histórica y circunstancial. Esta negación de las ideologías políticas no significa la aceptación del materialismo histórico elaborado por Marx: contrariamente a él, considera que la revolución (v.) exige una carga de idealismo y niega que la revolución pueda ser consecuencia única del enfrentamiento de la proletarización y la concentración capitalista, hecho que, dice, no se produce fatalmente. Por otra parte, critica Sorel la democracia, por la falta de confianza que la mayoría le merece, ya que -dice- carece de criterio para adoptar decisiones y por la ineficacia que atribuye a sus representantes, al estar condicionados por la necesidad de asegurarse la fidelidad de sus electores. Vivimos -añade- una estructura social ficticia,asentada en un simulacro de libertad inexistente dada la necesidad del consumidor de acudir a los monopolios, para proveerse de mercancías y servicios precisos para subsistir. Todo ello está amparado por un Estado qué impone coactivamente semejante sociedad política. Aniquilar esa sociedad debe ser -concluye- función propia de los sindicatos, no para modificar el Estado, sino para conquistarlo y sustituirlo.La parte constructiva de la teoría de Sorel tiene menor detalle: el nuevo Estado sindical actúa mediante congresos y comités; un régimen jurisdiccional desplaza al vigente y sanciona, normalmente con la expulsión del país, a los transgresores; las milicias sindicales son la fuerza ejecutiva y los sindicatos sustituyen a las empresas y dirigen y ordenan el trabajo colectivo. El totalitarismo estatal y un utópico colectivismo, en los que quedan ausentes las necesarias libertades reales, parecen a veces empapar su teoría, que en este punto no queda clara de todas formas.El tránsito de un estado a otro se realizaría combativamente por las masas, entrenadas en huelgas y violencias, que culminan en la huelga general revolucionaria en la llamada "noche grande". La exaltación de la violencia es esencial en el pensamiento soreliano, como expuso en su obra ya clásica Reflexiones sobre la violencia (1907) inspiradora de su ideología para la acción sindical.Otro curioso instinto de Sorel es su aversión hacia el intelectual, del que desconfía, siendo él ingeniero e intelectual destacado. Así este s. radical hace suyo el "mito" de la violencia (v.), que le lleva a proclamar la táctica de la "acción directa" como única vía útil para el logro de sus objetivos, rechazando cualquier otra dialéctica, incluso la parlamentaria.Teórico del s. es también el español Ledesma Ramos (v.), que tituló a su ideario con el nombre de nacionalsindicalismo. Y, finalmente, Mussolini (v.), que depende de los dos anteriores, y especialmente de Sorel.Otros autores han ideado soluciones políticas a través de la politización sindical. Duguit (v.) proyectó una sindicalización de funcionarios, mediante una descentralización de servicios a los que aquéllos quedarían afectos, dejando su sumisión a la soberanía estatal. Berth consideró la acción política determinada por lo "universal abstracto", que representa al Estado, y la "particularidad sensible", del orden individual, produciéndose la ausencia en la participación política de lo "universal concreto", correspondiente a la vida colectiva del trabajo y más importante, a su juicio, que los demás ambientes, omisión que pretende subsanar mediante una activa participación sindical en la política.Sindicalismo y movimientos sindicales. El s. puro influyó en los movimientos sindicales al ser aceptados sus principios en el Congreso de Amiens (1906), al que acudieron más de un millar de sindicales, que determinaron coleo su propio fin inmediato mejorar las condiciones de trabajo, pero señalaron que el último fin perseguido era la expropiación capitalista, precisa para su emancipación integral, lo que exige la solidaridad de los obreros y la huelga general, tras de la cual los sindicatos se erigen en rectores de la producción económica y la distribución de la renta, para una justa reorganización social. Como se ve, hay en esto una tendencia totalitaria y colectivista, al pretender un sindicato u organización sindical única, sustitutiva del Estado.Junto a esa declaración de fines, la Carta de Amiens, elaborada por el sindicalista Grifuelhes, dejó trazada la táctica de la C.G.T. francesa, que habría de influir extraordinariamente en casi todo el mundo. El Congreso señaló el carácter apolítico de la C.G.T., concebida como una reunión de trabajadores conscientes de la lucha de clases, a los que se declara en libertad para cualquier encuadramiento político, pero sin pretender llevar sus ideologías al seno del sindicato. El fin perseguido por el s. exige la lucha contra el patronato y la propaganda antipatriótica y antimilitarista, intensa y audaz. En esto coincidían en gran parte con el anarquismo (v.) y algunos de los llamados sindicatos libres, que por otra parte eran encarnizados enemigos del s. político.La fuerza política superó aquellos designios; los sindicatos sacrificaron su independencia y siguieron, con excepciones, acatando la dirección de los grupos políticos a que se vincularon. Posteriormente se observa en algunos países la inversión en tal dirección política. Es especialmente evidente en el Reino Unido, donde las Trade Unions, más que subordinadas a las decisiones del laborismo (v. SOCIAL-DEMOCRACIA), influyen sobre él. En Estados Unidos los sindicatos tomaron posiciones independientes, no vinculándose a grupos políticos, y apoyan o combaten a aquéllos, siguiendo la doctrina del dirigente Gompers de ayudar a los amigos y combatir a los enemigos, según la conducta seguida por los políticos con las organizaciones sindicales.Se insiste, no obstante, en la frecuente afección de los sindicatos a los grupos políticos que, según Martín Brugarola, obedece a que los intereses profesionales se tratan a nivel de la Administración pública, lo que exige la politicidad sindical. Los autores hispanoamericanos son tolerantes con la acción política sindical; así Deveali y Mario de la Cueva, indudablemente influidos por la experiencia política de sus propios países.V. t.: SINDICATO;INTERNACIONAL, LA;DERECHO SINDICAL; LEGISLACIÓN SOCIAL; DERECHO DEL TRABAJO; OBRERO; TRABAJADOR.M. CATALÁ RUIZ.
BIBL.: La citada en la voz SINDICATO.
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