Schmitt, Carl
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Biografía GER
Jurista y pensador político alemán, n. en Plettenberg el 11 jul. 1888. Profesor de Derecho público en 1916 en Estrasburgo, después en Bonn y Berlín. Consejero de Estado en 1933. Principal teórico de la doctrina del Estado autoritario y del vitalismo político; inventó el término "Estado totalitario". Su influencia fue grande por su conexión doctrinal con el nacionalsocialismo (v.), aunque, personalmente, alejado del mismo, ha decaído después de la II Guerra mundial. Actualmente se vuelve a recordar su excepcional calidad.Influido por Bodino, Hobbes y los teóricos de la contrarrevolución De Maistre, Bonald, Donoso, su obra dispersa en libros, artículos, folletos, discursos, sugeridos por algún problema político concreto, constituye una crítica del Estado liberal, al que acusa de formalismo jurídico: el excesivo tecnicismo de su positivismo abstracto y ficticio identifica ley y derecho, legalidad y justicia. La decisión es su concepto fundamental. Con H. Heller, aunque sus conclusiones fueran divergentes, inicia la teoría decisionista del Estado. Éste es el único soberano, constituyendouna unidad en estrecha correlación con su carácter político. Soberano sólo es aquel que decide sobre el estado de excepción. Lo propiamente político penetra así en lo jurídico normativo incapaz de prever o de eliminar la necesidad de decisión, compaginándose lo fáctico y lo jurídico. La decisión contiene un elemento independiente que se suma a la norma sin derivar de ella; sólo las personas reales, concretas, pueden poner en marcha lo jurídico mediante una decisión. La neutralidad del Estado liberal, según la construcción de sus teóricos, en realidad el formalismo neokantiano de la escuela de Viena y especialmente M. Kelsen, encubre mediante su aparato normativo los "poderes indirectos" o fuerzas sociales que verdaderamente detentan el poder (de decisión) sin asumir, empero, el riesgo y la responsabilidad del mando. Esto exige clarificar la esencia de lo político.El segundo concepto capital de la ciencia política será, pues, la relación existencial amigo-enemigo: la política es un criterio cualitativo que define el grado de intensidad de una asociación o de una disociación. La unidad política, el Estado, es la suprema en cuanto decide y puede evitar la disociación de agrupaciones contrarias. Amigo es "el de igual manera de ser y el aliado"; enemigo es el extraño, el de otra manera de ser cuya existencia constituye así una amenaza existencial. Desemboca S. en una concepción nacionalista: Estado y pueblo y partido único con sus implicaciones (orden, élite, caudillo) expresan, mediante una identificación plebiscitaria, la comunidad nacional en función de la determinación del enemigo. Pero como "el momento crítico para un concepto adviene cuando su adversario se derrumba", el criterio de lo político decae con la tensión existencial, cuando no hay enemigo. Como entonces el Estado será también neutro, S. trata de reconducir la decisión a momentos en que viene exigida por la existencia de una tensión. Aparece así el concepto de orden concreto y, consecuentemente, el de Imperio. En la actualidad son Imperios "aquellas potencias rectoras e impulsoras cuya vida política irradia en un espacio determinado y que excluyen por principio la intervención de otras potencias extrañas al mismo". Aparece así la concepción de la soberanía limitada de aquellos estados menores que se hallan bajo la influencia de los grandes poderes, como sucede actualmente a los países del bloque soviético respecto a Rusia. La política del general De Gaulle de emancipación respecto a los EE. UU. tenía también ese sentido. Son éstos los verdaderos soportes del orden internacional: la idea política, el espacio externo (los grandes espacios sobre los que irradian) y el principio de no intervención conforme a la imagen que, según S., se tiene ahora de la tierra, constituyen sus tres elementos. El mayor mérito de S. consiste en la agudeza de su análisis y en su insistencia en categorías políticas puras. Pero ésta, precisamente, por su exclusivismo, puede convertirse en una argumentación a favor del totalitarismo.V. t.: TOTALITARISMO I; NACIONALSOCIALISMO.D. NEGRO PAVÓN.
BIBL.: Obras de SCHMITT: Teoría de la constitución, Madrid s. a.; El Leviatán en la teoría del Estado de Thomas Hobbes, Madrid 1941; La época de la neutralidad, Teología política y Concepto de la política, Madrid 1942; Tierra y mar, Madrid 1952; Diálogos, Madrid 1962; Teoría de los partisanos, Madrid 1968; El defensor de la constitución, Madrid s. a.; El orden del mundo después de la segunda guerra mundial, Madrid 1962; Legalitát und Legitimitát, Berlín 1968 (trad. españ. en preparación); Der geistesgeschichtliche Lage des heutigen Parlamentarismus, Berlín 1961. Estudios: E. GómEz ARBOLEYA, Cuatro monografías de Carl Schmitt, "Rev. Estudios Políticos", 5 (1943); K. WILK, La doctrine politique du nationalsocialisme: Carl Schmitt, París 1934; F. BATTAGLIA, Stato, política e diritto secondo Carl Schmitt, "Riv. internazionale de Filosoffia del SCHMOLLER, GUSTAV VONDiritto" (1936);K. LóWITH, Critica dell esistenza storica, Nápoles 1967; P. TOMMISSEN, Versuch einer Carl Schmitt. Bibliograplhie, Berlín 1953; J. CONDE GARCÍA, Introducción al Derecho político actual, Madrid 1942.
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