Santa Hermandad HIST.
Categoria:
Historia
Se conoce con este nombre una institución de carácter militar creada por los Reyes Católicos en 1476 para el mantenimiento del orden público y como cuerpo de ejército permanente.El término Hermandad responde a instituciones existentes ya en España desde principios del s. XIII, con carácter regional o local. Eran éstas unas asociaciones de ciudades o comarcas para la protección armada del comercio, los privilegios locales o la seguridad pública, según los casos. Generalmente, duraron pocos años o tuvieron un carácter intermitente (v. HERMANDADES). Constituyó una excepción la Hermandad Vieja de colmeneros y ballesteros de Toledo, Talavera y Ciudad Real, que no sufrió interrupción desde su creación en el s. XIII y cuyas características (cuerpo de polícia constituido por unidades reducidas -cuadrillas- y dotado de un órgano rector unitario -la Junta- que ajusticiaba con terrible eficacia a los ladrones) corresponden a la idea perseguida por los Reyes Católicos con la creación de la H. general que luego sería llamada Santa. Conforme a su costumbre, estos monarcas prefirieron, en lugar de innovar, llenar de contenido está figura jurídica medieval, adaptándola a las necesidades de su política interior, tendente a consolidar la autoridad real mermada en el periodo anterior por la anarquía, el bandolerismo y las revueltas nobiliarias.En el nacimiento de la S. H. confluyen dos proyectos de diferente naturaleza, dirigidos ambos a la reconstrucción material del país. El primero es el deseo de los reyes de contar con un ejército permanente sin necesidad de acudir al expediente de la creación de nuevos impuestos. Este proyecto se vio estimulado por los consejos del contador Alonso de Quintanilla y el provisor Juan de Ortega, así como por la iniciativa de la ciudad de Burgos, que, deseosa de proteger su comercio de la inseguridad de los caminos, reclutó un grupo armado de 150 hombres y limpió de bandidos su comarca. El órgano natural de confluencia de las aspiraciones regias y ciudadanas, en común oposición a los abusos de poder de la aristocracia, lo constituían las Cortes de Castilla. A las celebradas en Madrigal de las Altas Torres, a raíz de la victoria sobre los portugueses en la batalla de Toro (marzo 1476), presentaron los procuradores burgaleses sus peticiones, concretadas en la redacción por parte de las ciudades interesadas en el comercio de la lana de un cuaderno común, que, reelaborado por el Consejo Real, quedó plasmado jurídicamente en el Ordenamiento del 19 abr. 1476, carta fundacional de la S. H.El funcionamiento de la H. combinó la actuación policíaca con la judicial, siguiendo el modelo de la H. Vieja. Cada población aportaba hombres a caballo (cuadrilleros), proporcionalmente a su número de habitantes, y contaba con una compañía de arqueros para perseguir a los malhechores hasta los límites jurisdiccionales de la misma, donde era sustituida por la vecina. Sus tribunales estaban formados por alcaldes de la H., no remunerados y que aplicaban las penas más duras a los delitos de su competencia. El Ordenamiento de Madrigal supuso, sin embargo, un gran avance jurídico respecto a las H. anteriores, en lo relativo a las garantías de objetividad y justicia, estricta reglamentación de los delitos de su competencia, etc., en los que siguieron gozando de preeminencia sobre cualquier otro poder.La H. nació en las Cortes de Madrigal como expediente provisional de lucha contra el desorden, duradero por dos años. Su fulminante eficacia puso enseguida al descubierto la oposición de las tendencias coordinadas en su creación. Mientras los monarcas no estaban dispuestos a prescindir de un cuerpo de ejército tan valioso, las ciudades se resintieron del costoso mantenimiento de un organismo cuya función había perdido su sentido al quedar restablecido el orden de los caminos. A pesar de la oposición ciudadana y nobiliaria, los Reyes Católicos porrogaron la H. sucesivas veces, presionados por las necesidades militares de la guerra de Granada. Sólo en 1498 se suprime el Consejo de la H. y se revocan los cargos asalariados. Las H. locales fueron languideciendo como resultado de la falta de una dirección superior.M. A. GARCIA PÉREZ.
BIBL.: Las fuentes fundamentales son: A. DE PALENCIA, Crónica de Enrique IV, trad. A. Paz Y MELIÁ, IV, Madrid 1904, 247-354; H. DEL PULGAR, Crónica de don Fernando y doña Isabel, en BAE LXX, Madrid 1953, 300-301. Buenas introducciones generales son: L. SUÁREZ FERNÁNDEZ, La guerra de sucesión, en Historia de España, XVII, 1, Madrid 1969, 232-250; J. H. ELLIOTr, La España imperial, Barcelona 1965, 87-101.
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