Revelación Introducción. 1. Concepto y Clases de Revelación. REL. CRIST.
Categoria:
Religión Cristiana
En su sentido etimológico, revelación significa la acción de manifestar algo oculto. Proviene de la palabra latina re-velare, cuyo significado es quitar el velo que oculta algo, descubrir. En la Historia de las religiones, en la Biblia y en la Teología se usa la palabra Revelación en este sentido general que se desprende de la etimología: la manifestación de alguna verdad o realidad hecha por Dios al hombre descubriéndole su Ser o su Nombre, sus designios de salvación, etc. La religión cristiana se presenta como originada y fundada en una Revelación histórica, que constituye para el cristianismo (v.) un hecho fundamental y uno de sus misterios esenciales; y en esto se diferencia de las demás religiones, a las que considera o bien falsas, o bien con algunos elementos de verdad pero incompletos o mezclados con errores. Antes de entrar en el’ análisis de estas cuestiones, que se hará en los diversos artículos que siguen, conviene precisar el concepto de Revelación y sus diversas clases, en sentido religioso estricto. En la segunda parte de esta introducción se hablará de otros significados que a veces se dan a la palabra revelación. Y después, en el art. i se tratará de los sentidos en que se habla de Revelación en religiones no cristianas, y de su relación con la Revelación cristiana; en el art. n se hablará de la Revelación según la Biblia; en el art. in se hará el estudio sistemático de la Revelación bíblico-cristiana, es decir, del hecho y naturaleza de la R. cristiana y de los criterios para discernir que se trata de una auténtica y verdadera R. divina; y finalmente en el art. IV se estudiarán las relaciones entre R. y ciencia.En sentido real y estricto, la Revelación (que escribiremos con mayúscula, y abreviadamente R.) es, en general, la manifestación de Dios al hombre; o como se dice clásicamente: locutio Dei ad homines per modum magisterü, comunicación de Dios al hombre con autoridad magisterial. La R. puede hacerse de diversos modos y por diversos medios, y por eso es preciso distinguir diversas clases y formas de R.:(1) Se llama R. natural o cósmica a la manifestación de Dios que son las obras de la creación (v.). Está inscrita en el orden mismo de la creación y es perceptible a todo ser inteligente: a través de las cosas de este mundo y del hombre se llega al conocimiento de Dios, no completo ni exhaustivo, pero real; no perfecto, pero verdadero. Es un conocimiento natural posible a toda inteligencia, como es posible a través de las obras de una persona (p. ej., de sus escritos o de otras realizaciones) conocer su existencia y algunas de las cualidades o rasgos de su personalidad (v. Dios IV, 2). Se llama R. sobrenatural a la manifestación y autodonación del Ser y Vida íntimos de Dios, hechas a la creatura racional en orden a la vida eterna. En el plano objetivo, este "abrirse de Dios" no viene dado con la creación ni con el ser del hombre, sino por una acción especial de Dios: la palabra y el acontecimiento salvífico sobrenaturales. En el plano subjetivo esta R. no puede ser conocida por la sola razón humana, sino que ésta requiere el auxilio de la gracia (v.) y de la fe (v.). Más adelante, especialmente en el art. in, se completarán estas nociones.
(2) La R. se puede considerar en sentido activo o en sentido objetivo. En sentido activo es la misma acción de Dios que se revela o atestigua alguna verdad a los hombres. En sentido objetivo es la verdad o conjunto de verdades y hechos manifestados por Dios. Esta distinción puede ser útil para precisar conceptos, pero es preciso evitar el peligro de separar estos dos aspectos de la Revelación. No hay acción de Dios revelante sin objeto revelado y sin sujeto que perciba la Revelación.(3) Por razón de la persona que recibe la R., ésta puede ser inmediata o mediata, según se haga sin intermediarios o por medio de un legado. La R. sobrenatural mediata supone siempre otra anterior inmediata. Generalmente la R. sobrenatural llega a los hombres a través de otros hombres escogidos por Dios como testimonios de su palabra o como órganos de su transmisión. Siempre que la R. llega a nosotros por mediación de otra persona, se llama mediata. Si la R. se hace por mediación de un ángel -p. ej., S. Gabriel a la Sma. Virgen- se considera como R. inmediata, puesto que el ángel no es destinatario de la R. y cae dentro del orden de la manifestación de Dios. La R. de Cristo a los Apóstoles es inmediata, aunque Cristo sea enviado por el Padre, por ser Cristo persona divina. En concreto, pues, la R. sobrenatural inmediata es la que no se hace por mediación de otra persona humana.Conviene, no obstante, advertir que los términos "mediato" e "inmediato" reciben diversa significación según se apliquen a la R. natural o sobrenatural. Para evitar confusiones y estériles controversias, como advierte Lang, debiera adoptarse unánimemente la siguiente terminología: (a) Cuando se trata de indicar la presencia de un "medio objetiva" desde el cual se puede llegar al conocimiento de Dios (medium ex quo), debería llamarse "mediata" la revelación natural, e "inmediata" la sobrenatural. En efecto, esta última consiste en una comunicación personal de Dios, quien continúa hablando personalmente a cada hombre en la S. E. y en la predicación y vida de la Iglesia; la mediación personal de los mensajeros no impide el intercambio inmediato con Dios, ni que la R. sobrenatural sea un diálogo personal de Dios con el hombre, incluso con aquellos hombres a quienes es "transmitida" la Revelación. (b) Por el contrario, cuando se quiere destacar que el mensaje de la R. natural, contenido en la obra de la creación, se ofrece de igual modo a todos los hombres, mientras que en la R. sobrenatural se hace directamente al profeta o legado y éste la transmite a los demás hombres, convendría llamar "inmediata" (no transmitida) a la revelación natural y "mediata" (transmitida) a la sobrenatural (A. Lang, Teología Fundamental, I, La Misión de Cristo, Madrid 1966, 54-55).(4) Atendiendo al destinatario, la R. es pública, si en la intención divina se dirige a todo el género humano; privada, o particular, cuando se dirige a una persona o grupo particular. La diferencia entre ambas no consiste en que Dios se manifieste a uno o a muchos, sino en la universalidad de destino según la intención divina. Si se hace a un pueblo particular pero con misión universal (Israel) pasa a ser pública. En la Iglesia católica no se reconoce otra R. pública que la contenida en los libros canónicos del A. T. y la hecha por Jesucristo y los Apóstoles, conservada fielmente en los escritos del N. T. y en la Tradición viva de la Iglesia. Esta R. pública ha quedado definitivamente cerrada y completa con la muerte de los últimos testigos apostólicos (cfr. Denz.Sch. 3421). Otras revelaciones y apariciones (v.), aun cuando gocen de la aprobación de la Iglesia, son privadas y no requieren asentimiento de fe divina. Solamente aquellos que reciben las revelaciones privadas, si les consta con certeza que Dios les ha hablado, deben prestar tal asentimiento.(5) Por razón del objeto o verdades reveladas, la R. sobrenatural se dice sobrenatural quoad modum, cuando se manifiestan verdades que el hombre pudiera conocer por la razón natural. Sobrenatural quoad substantiam, cuando se manifiestan verdades que el hombre no puede alcanzar en modo alguno sin la ayuda de la Revelación. De esto nos ocuparemos más detalladamente a continuación y en el art. in.D. FERNÁNDEZ GARCÍA.
BIBL.:
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