Marruecos (magrib Al-agsá) II. Configuración Politica. POLÍTICA
Categoria:
Política
El país debe su independencia a la política de Muhammad V durante la II Guerra mundial y a la lucha tenaz que mantuvo con Francia, cuyos gobernadores, tras desterrarlo, acceden a conceder la independencia al país en 1956 (v. IV). El 8 mayo 1958 Muhammad anuncia una Constitución, asegurando que conservará el poder legislativo. Crea por Decr. de 3 mar. 1960 un Consejo constitucional para reglamentar el régimen monárquico, pero la pugna en el interior del Consejo retrasa su tarea. A la muerte de Muhammad (26 feb. 1961) le sucede Hasan II, que, para cumplir los propósitos de su padre, adelanta por Decr. de 2 jun. 1961 las líneas generales del nuevo orden con una ley fundamental cuyo más destacado carácter es la afirmación de la necesidad de instituciones representativas de la nación. La Constitución de 19 mar. 1962, aprobada por referéndum con una mayoría del 95% de votantes y claramente influida por la francesa de 1958, consagra al rey como "garante de la Constitución y defensor de las libertades de cada uno" (art. 19). El art. 35 deja en manos del soberano, previa consulta con los presidentes de las Cámaras, la declaración del estado de excepción si está en peligro la integridad del territorio o el funcionamiento de las instituciones.La Constitución establece la monarquía hereditaria con sucesión entre los varones de línea directa y orden de primogenitura. Incluye una declaración de derechos que, junto a los tradicionales, señala el de huelga; reconoce a los partidos políticos que contribuyen a la organización de los ciudadanos, prohíbe el partido único, y declara que la soberanía pertenece a la nación que la ejerce por el referéndum y las instituciones constitucionales; la ley es considerada como voluntad suprema de la nación sin efecto retroactivo. El Parlamento, con dos Cámaras, distingue el dominio de la Ley del reglamento. Pero, el poder lo ostenta Hasan II. En 1970 se da una nueva Constitución, cambiada por otra en 1972 que en gran parte recoge las constituciones de 1961 y 1970 (v. IV).D. SEVILLA ANDRÉS
BIBL.: J. ROBERT, La monarchie marocaine, París 1963; D. SEVILLA ANDRÉS, El constitucionalismo norteafricano, Madrid 1967
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