López, Gregorio
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Biografía GER
Apellidado erróneamente De Tovar (ca. 1496-1560); n. en Puebla de Guadalupe (Cáceres), fue escolar en Salamanca, donde alcanzó el grado de licenciado, alcalde de su pueblo en 1515 y alcalde mayor desde 1520 -aunque se resistió por considerar que un alcalde de fuera sería mejor para hacer justicia sin pasión de parientes y amigos- hasta 1525, en que pasó al gobierno de los estados del duque de Béjar; sucesivamente abogado en Granada, oidor en Valladolid, fiscal del Consejo de Castilla hasta 1543; consejero de Indias hasta 1558, en que fue licenciado y se retiró a su lugar natal, donde m. el 1 abr. 1560. En el Consejo de Indias destacó como visitador de la Casa de Contratación de Sevilla, en la elaboración de las ordenanzas de la misma y en la fundación de la Audiencia del Perú. La obra de su vida fue la edición y comentario de las Siete Partidas (Salamanca, 1555), que sustituyó con ventaja a la obra del mismo género debida a Montalvo. Sobre la restitución del texto, el juicio de Martínez Marina es favorable; no así el de García Gallo. Fue reconocido como texto oficial por Real Cédula de 7 sept. 1555; un ejemplar en pergamino quedó depositado en el archivo de Simancas. El texto con la glosa fueron reeditados 14 veces, hasta 1885. Un nieto del autor, Gregorio López de Tovar, añadió copiosos índices.Mereció L. el nombre de Accursio (v.) español, que le da Nicolás Antonio. Mediante un impresionante aparato de citas aproxima al texto las fuentes civiles y canónicas, escriturarias, filosóficas y literarias; con el Liber Sextus de las Decretales (1298) y de las Clementinas (1314), la doctrina de los comentaristas: Juan de Andrés (v.; 1270-1348), Bártolo (v.; 1313-57), Baldo (v.; 1327-1400), Angelo de Ubaldis (1328-1407), Bartolomé de Saliceto (m. 1412), Juan de Imola (v.; m. 1436), Felipe Decio (1454-1535). Es significativa la utilización de Erasmo (v.). Además, la glosa comprende sustanciosas monografías sobre múltiples cuestiones del Derecho: el tratamiento de los justos títulos de la dominación española en Indias le acredita como adversario de Francisco de Vitoria (v.). La relación entre el imperio y el reino; los mayorazgos (v.), el régimen económico del matrimonio y otros muchos lo revelan como un tratadista completo que une a la doctrina la práctica de los tribunales.V. t.: PARTIDAS, LEY DE LAS.RAFAEL GIBERT.
BIBL.: DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES, IV Centenario de Gregorio López, Cáceres 1960; F. SÁNCHEZ ROMÁN, Gregorio López, en jurisconsultos españoles. Biografías, I, Madrid 1911, 31-42; R. RIAZA, El primer impugnador de Vitoria: Gregorio López, "Anuario de la Asociación Francisco de Vitoria" 3 (1932); A. M. DE GuILARTE, Capítulos de concierto para la primera edición de las Partidas con la glosa de Gregorio López, "Anuario de Historia del Derecho Español" 16 (1945) 670-675.
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