Hungria (magyarország). Configuración Política. POLÍTICA
Categoria:
Política
La I Guerra mundial acabó con la disolución del imperio austro-húngaro (v.). El 12 nov. 1918 se proclamó la República de Austria, y el 16 nov. 1918 la República de Hungría. Por el tratado de paz de Trianón, firmado en Versalles el 4 jun. 1920, H. pierde el 72% de su territorio y el 64% de su población. Aliada de Alemania, H. recupera la totalidad de sus territorios históricos en los años 30 y durante la II Guerra mundial, pero la derrota del 111 Reich alemán vuelve a fijar las fronteras húngaras donde las había establecido el tratado de Trianón. Al mismo tiempo, H. cae en poder de la Unión Soviética y se impone el comunismo en el país durante 40 años. En 1989, H. abandona el comunismo y se da un régimen parlamentario.La República del Pueblo (comunista) se inauguró en 1949, tras el derrocamiento del presidente Tildy y la detención de su sucesor, el socialista Szakasit (v. 1v). El levantamiento armado de 1956 contra la fuerte presión ejercida en el país por la URSS no alteró en nada los resortes constitucionales de la República, ni aún después del fusilamiento de sus líderes, Imre Nagy y el general Maleter, en Moscú.La "democracia popular" de H. nació tras la "liberación" de Europa, en 1945, cuando la URSS, Gran Bretaña y EE. UU. adoptaron la histórica responsabilidad de decidir el futuro de las naciones que iban a integrar el bloque soviético. La fórmula constitucional reconocía una situación de hecho originada durante la ocupación alemana: la de los "frentes populares", en los que los comunistas coincidieron con representantes de los partidos "burgueses". Por otra parte, dicha forma se avenía con el primer paso de la URSS para extender su influencia en dichos países, de los que ti. formaba parte.Una de las características más importantes de las democracias populares era que, al igual que la URSS, el Estado estaba fuertemente ligado al partido Comunista (en el caso de H., al Frente Popular de Independencia) que, por otra parte, tenía asegurada su influencia en todos los sectores de la comunidad nacional, desde la economía hasta la caracterización cultural del pueblo. Sin embargo, al revés que en la URSS, la sociedad democrático-popular húngara admitía ciertas diferencias constitucionales: la existencia de partidos, de la que se derivaba la mezcla de elementos burgueses con marxistas puros.Según la Constitución del 20 ag. 1949, el principal órgano del Estado es el Parlamento, que delega sus funciones en la Jefatura del Estado y el Consejo de Ministros, responsable ante la Asamblea. Se rechaza la separación de poderes marcada por el modelo burgués. Pese a tales prejuicios, la Constitución dispone que el Parlamento sea elegido en votaciones generales, idénticas, directas y secretas, de acuerdo con el principio del sufragio proporcional y para una duración de cuatro años. En la realidad, el sistema se alteró por el hecho de que había una única lista de "elegibles", confeccionada por 3.400 comités locales del Frente Popular, lo que impedía al elector hacer discriminaciones entre candidatos o entre partidos. Se creó un Consejo de Estado que reemplazaba al Gobierno, fijaba las líneas políticas a seguir, interpretaba las leyes y las promulgaba de acuerdo con las directrices de la Asamblea Nacional, convirtiéndose en poder legislativo y judicial al propio tiempo.En los años 80, la Unión Soviética da síntomas de no poder controlar su imperio, y en la Europa del Este se produce un derrumbe generalizado de las instituciones comunistas que llevará a la desaparición de estos regímenes. En H. se producen cambios constitucionales en 1988-89, sobre todo se modifica la Constitución el 18 oct. 1989, dándose un régimen parlamentario: el Gobierno es responsable ante la Asamblea Nacional, que elige al Jefe del Estado. Se disuelve el Partido Comunista y se convocan elecciones libres y democráticas para la Asamblea Nacional y para los municipios.V. t.: IV.LUIS SASTRR.
BIBL.: K. LoewENSTEIN, Teoría de la Constitución, Barcelona 1965; J. N. AQUISTAPACE, Diccionario de la Política, Madrid 1969; T. STAMMEN, Sistemas políticos actuales, Madrid 1969; L. SÁNCHEZ AGESTA, Curso (le Derecho Constitucional Comparado, 5 ed. Madrid 1973; F. FEJT6, Historia de las clenrocracias populares, Barcelona 1971; G. DE VERGOTTINI, Derecho Constitucional Comparado, 2 ed. Madrid 1985.
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