Guerra III. Religión: Guerra Santa en el Islam. REL. NO CRIST.
Categoria:
Religión No Cristiana
Yihúd (=esfuerzo) es el término árabe que designa la "guerra santa", sin equivalente exacto en las demás lenguas, porque, como ya hemos dicho (v. II, 1), también el concepto es desconocido en las demás religiones y pueblos. La fuente primera y principal ha de buscarse, como es lógico, en el Corán (v.): 27 aleyas, o versículos, hacen referencia a la "guerra santa" y en otras 25 se habla también de la g. en general, intimándose diversos preceptos y consejos. Es ésta una institución de Derecho público que cala muy hondo en la entraña del Islam y explica los móviles y vicisitudes de no pocas contiendas antiguas y contemporáneas en su historia. La jurisprudencia musulmana ha sistematizado y organizado con toda precisión y hasta minuciosidad todo lo relativo a esta institución, que en tiempos se conceptuó como uno de los deberes fundamentales o "columnas" del Islam, además de las cuatro que han prevalecido (oración, limosna, ayuno del Ramadán y peregrinación a La Meca); pero que quedó como "deber colectivo". En la Risala del Kayrawani (o. c. en bibl. 107-110) se dedica íntegro el cap. XXX a la g. santa; en él se recogen con gran claridad todas las prescripciones coránicas y del f iqh o Derecho musulmán. En el XL se insiste: "La guerra santa es una obligación divina de orden general, cuyo cumplimiento por los unos exime a los otros, pero el ataque de un lugar por el enemigo impone a todos los ocupantes el deber de orden divino de combatir a agresores dos veces más numerosos. Mantener una guarnición en las plazas fronterizas musulmanas es una obligación de orden divino, cuyo cumplimiento por los unos releva a los otros".Hay que partir, como base, de la doctrina fundamental musulmana que divide el mundo en dos partes: dar al-islam, "zona del Islam", habitada por los musulmanes, y dar al-harb, "zona de guerra" o territorio de los infieles. De ahí el principio de difusión o proselitismo consiguiente, de universalismo ínsito en el Islam, en virtud del cual todos los pueblos y naciones sin distinción están llamados a ingresar en él. Hay, por tanto, en el Islam una perenne invitación a todo el mundo para que acepte este credo, y, en ocasiones, por diversas circunstancias, se hace apremiante respecto a un pueblo determinado, pudiendo revestir alguna de estas tres formas: islamizar, o sea, abrazar la fe islámica, someterse a la autoridad correspondiente mediante el pago de parias (al-yizia), o sufrir la "guerra santa" (al-yihad). Se presupone, por tanto, que las relaciones existentes entre esas dos grandes demarcaciones son en principio belicosas. Por eso el soberano musulmán debe organizar al menos una expedición anual contra los infieles, en las condiciones indicadas.Los doctores musulmanes han dictado numerosas disposiciones sobre la manera de hacer la g. de tipo humanitario, y otras también de orden estratégico, y muy especialmente lo relativo al reparto del botín. Así, se prohibe dar muerte a las mujeres, niños, ancianos y religiosos, considerados como no beligerantes, salvo prueba en contrario; pero es lícito someterlos a servidumbre. Se permiten las emboscadas, sorpresas nocturnas, simulación de retiradas -lo que el Infante don Juan Manuel (v.) llama tornafuye, simple traducción de dos palabras árabes-, el espionaje, siembra de rumores que desorienten y desmoralicen al enemigo, etc. Entre los recursos tácticos se considera lícito todo cuanto tienda al aplastamiento del enemigo; por consiguiente, destruir por medio de cualesquiera ingenios bélicos y aun por el fuego, poblados y fortalezas, incendiarlas, cortar el agua; pero ha de efectuarse con prudencia y mesura cuando con ello puedan padecer los prisioneros propios y las mujeres o niños. Se admiten dos maneras de organización de la masa combatiente: formaciones regulares y en guerrilla. Ya hemos indicado lo relativo a la retirada ante el enemigo, pero se autoriza siempre que conste la imposibilidad de derrotarlo. No es lícito a un musulmán permanecer como sometido (mundayan, "mudéjar") en el terreno conquistado por el enemigo: debe huir y refugiarse en terreno musulmán. Se considera lícito matar en el curso de las operaciones a todos cuantos se encuentren con armas o se presuma son combatientes. En cuanto al trato a los prisioneros, hay divergencias entre los doctores: unos defienden que no se les debe dar muerte, pero la doctrina más corriente es que su suerte quede a merced del Imam, el cual puede elegir entre darles muerte, otorgarles la libertad, esclavizarlos, destinarlos al canje de prisioneros musulmanes y pactar con ellos el contrato de parias. El botín está constituido por toda clase de bienes muebles arrebatados al enemigo; los inmuebles no forman parte del mismo. Unos y otros están sometidos a minuciosa reglamentación.Se establece una distinción clara, en cuanto al trato a los beligerantes, entre los "adeptos del libro", es decir, judíos, cristianos y, según algunos, mazdeanos (parsis), y los paganos o idólatras. Los primeros, si no combaten contra el Islam y reconocen la superioridad de éste mediante el pago de la yiza o "impuesto de capitación", que les confiere la calidad de dimmi, "protegido", y el goce de derechos limitados dentro de la comunidad musulmana, ésta les garantiza la paz en el interior y la defensa contra los enemigos del exterior. La libertad en el ejercicio de su religión está asegurada a esta "gente del libro", que deberá ser tratada con equidad.V. t.: ISLAMISMO.D. GONZALO MAESO.
BIBL.: I. GUIDO-D. SANTILLANA, Sommario del Diritto Malechita, 2 vol., Milán 1919; KAYRAWANI, Risala ou Traité abrégé du Droit Malékite et Morale musulmane, París 1914; J. LÓPEZ ORTIZ, Derecho musulmán, Barcelona 1932; G. H. BOUSQUET, Précis élém. du Droit musulman, Argel-París 1934; C. QUIRÓS, Instituciones de Derecho musulmán, Ceuta 1942.
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