Graco, Familia HIST.
Categoria:
Historia
Formación de su personalidad. Los hermanos G., Tiberio Sempronio y Cayo Sempronio, n. respectivamente en el 163 y 154 a. C. Sus padres fueron T. Sempronio G., el pacificador de Hispania, y Cornelia, hija de Escipión el Africano. De su padre heredaron su odio al mercantilismo y al imperialismo violento de las clases ricas, la intransigencia con los enemigos, la humanidad hacia los aliados y vencidos, la honestidad en la vida, el filohelenismo cultural y el interés por los problemas de las clases bajas. A su madre deben eJ profundo amor hacia Roma, la confianza en su misión de dueña del mundo, y el orgullo de hacer algo imperecedero. También desempeñaron un papel importante en su formación el filósofo estoico Blosio de Cumas y el retórico Diófanes de Mitilene. Igualmente contribuyó a modelar su personalidad la situación histórica en que vivieron, como la condición de la oligarquía dominante en el Senado, la usurpación de poderes y de magistraturas con daño del pueblo y la pérdida del sentido primitivo del tribunado de la plebe, que ahora servía de arma de corrupción en manos de los opresores.Tiberio participó de joven en el asedio y destrucción de Cartago, y los dos hermanos actuaron en la guerra de Numancia; Cayo intervino también en la destrucción de la ciudad. En su viaje a Hispania, Tiberio conoció los campos semidesiertos de Etruria, cultivados por esclavos; y en Hispania, la degradación y la ineptitud del ejército incapaz de vencer a la ciudad celtíbera, e intervino en los intentos de paz. Su suegro, Apio Claudio, como antes Escipión el Africano, eran partidarios de ciertas reformas sociales. En el 134, Tiberio fue nombrado tribuno de la plebe, siendo cónsules L. Calpurnio Pisón y P. Mucio Scévola, el último uno de los promotores del movimiento de reforma agraria, que capitaneaba Tiberio.Tiberio y la ley agraria. Para solucionar la desastrosa situación económica, tanto de los itálicos como de los ciudadanos romanos, propuso Tiberio poner en vigor viejas leyes ya existentes, pero no aplicadas, como la de Licinio y Sestio del 367, con un fin nuevo: una ley agraria para la distribución de la tierra recuperada. La propuesta de Tiberio era más benévola que las leyes precedentes con los usurpadores de las tierras, por cuanto la ley Licinia hablaba de un máximo de 500 yugadas de tierra por familia, y según la propuesta de Tiberio se permitía, en caso de hijos emancipados, que éstos ocupasen otras 250 yugadas por cabeza, con un total de 1.000 yugadas. La nueva propuesta obligaba a tener, junto a los esclavos, cierto número de trabajadores libres. El número de cabezas de ganado sería limitado según la ley Licinia; a los ocupantes de tierras recuperadas por el Estado romano se les indemnizaba por las mejoras introducidas. El dominio público recuperado era dividido en lotes de 30 yugadas, que a título de posesión hereditaria se entregarían a las familias pobres. Estos lotes de tierra no podían ser vendidos. Los propietarios pagaban al Estado un impuesto fijo: vectigal. Una comisión de tres triunviros asignaría los lotes. Cada uno de ellos debía presidir la comisión durante un año, en turno rotativo. Los triunviros nombrados fueron Tiberio, su suegro Apio Claudio y Cayo.No están de acuerdo los escritores antiguos sobre la finalidad de la reforma de Tiberio G. Para Apiano, Tiberio sólo se preocupaba de los desheredados de Italia, y para Plutarco, de los ciudadanos romanos pobres. Si bien es verdad que Apiano habla explícitamente de los intereses de los ciudadanos romanos en paro forzoso y de los de los habitantes pobres de Italia, en otro párrafo contrapone a los esclavos los ciudadanos sustituidos por ellos en las labores agrícolas. Plutarco alude a Italia y a los itálicos desocupados. En la mente de Tiberio, ambos problemas, el de los itálicos y el de los ciudadanos romanos, eran unitarios, puesto que el ager publicus del pueblo romano estaba repartido, tanto en regiones de ciudadanos romanos, como en las de los aliados, en las provincias y también en algunas ciudades aliadas que habían sido ocupadas ilegalmente por ciudadanos, por aliados y por provinciales. La propuesta de Tiberio tenía por finalidad cortar los abusos, e intentó favorecer a los ciudadanos romanos, a los aliados y a los provinciales.Otras reformas. Según Veleyo, Tiberio se proponía extender el derecho de ciudadanía a toda Italia, prueba de que no tenía ninguna intención de sacrificar a los itálicos. Preparaba otras leyes como disminuir la duración del servicio militar, añadir a los tribunales compuestos de senadores un número igual de caballeros y reforzar el derecho de apelación al pueblo. El día de la votación, 31 en. 133, acudieron los campesinos. El tribuno Octavio, que poseía grandes extensiones de tierra en Italia, vetó el proyecto de Tiberio. Éste le ofreció indemnizarle con su propia fortuna. Declaró a continuación que todos los asuntos públicos quedaban suspendidos hasta la aprobación de la ley y cerró las puertas del tesoro. Aceptó el arbitraje del Senado, pero éste estaba dividido. Desposeyó de su cargo a Octavio. La aplicación de la ley encontraba serias dificultades, pues las parcelas antiguas habían sido vendidas, hipotecadas o eran sagradas por la presencia de tumbas. Era necesaria una nueva ley para que los triunviros tuvieran autoridad judicial. En el 133, Atalo III de Pérgamo legó sus bienes a Roma. Tiberio hizo votar que pertenecía al pueblo, no al Senado, el disponer de ellos; pretendía que sirvieran a los nuevos colonos como capital inicial de explotación. Su elección para tribuno en el 132 fue posiblemente ilegal y no contaba con el apoyo de los plebeyos de Roma, clientes de los ricos. Mucio Scévola también se había separado, y Cornelio Escipión Nasica le acusó de pretender la diadema. Fue asesinado con 300 partidarios suyos en un motín en el verano del 133.Cayo G. fue nombrado tribuno en el 124. Sus primeros proyectos de ley fueron medidas de venganza. Contra Octavio propuso que un magistrado depuesto por el pueblo no podía desempeñar otras magistraturas; contra Popilio votó someter a juicio al que había ejecutado ciudadanos sin recurrir al pueblo. Esto último reforzaba las leyes Valerianas y Porcianas, y Popilio se exilió. Hizo votar tres grandes leyes: agraria, frumentaria y judiciaria. La primera restablecía íntegramente el proyecto de su hermano Tiberio. La ley frumentaria pretendía quitar a los nobles y a los senadores la popularidad que obtenían con las distribuciones de trigo. Esta ley liberaba a los clientes de los patronos, estaba inspirada en modelos griegos, atraía a Roma una plebe de zánganos en busca de trigo y comprometía la eficacia de la ley agraria. Según la ley judiciaria, a los 300 senadores había que añadir 600 caballeros para la formación de los tribunales. Esta ley fue la causa probablemente de ruptura con el Senado.Reformas en la Constitución. Reelegido tribuno Cayo, intentó una reforma total de la Constitución. El Senado fijaría las provincias consulares antes de la elección de cónsules, y los tribunos no tenían derecho a vetar la decisión senatorial; una ley militar prohibía reclutar soldados de menos de 17 años y ordenaba que el precio del equipo no se dedujese de la soldada. Presentó Cayo un proyecto de ley para modificar-el voto en los comicios y disminuir la influencia de los ricos. Diodoro escribe que sus discursos tendían a destruir la aristocracia y a fundar la democracia. Se le acusaba de gastos inútiles, alusión posible a los viarii vicani, y de que el precio del trigo vendido por el Estado no era rentable. Creó nuevas aduanas y carreteras en las que levantó graneros. Por la ley colonial, estableció colonias en Etruria, Campania, Squillace y Corinto. La ley Rubria determinaba la modalidad de la fundación de Cartago, a la que asignaba 6.000 colonos. Los lotes de tierras ascendían a 200 yugadas cada uno. La ley judiciaria del 122 organizaba los tribunales y excluía de ellos a los senadores. Los 50 jueces debían salir de una lista de 450 caballeros. Esta ley estaba justificada por una serie de absoluciones escandalosas, pero entregaba las provincias a los financieros. Cayo fue designado para organizar la colonia de Cartago. Durante su ausencia, los tribunos Fulvio Flacco y Livio Druso minaron su popularidad. Este último propuso la creación de 12 colonias en Italia, no exigía a los colonos un pequeño capital y los lotes distribuidos no estaban gravados con ningún impuesto. Livio Druso fue el responsable de la alteración de la moneda; Cayo proyectaba conceder a los aliados el derecho latino y a los latinos la ciudadanía. Ambos acudieron a Roma, pero el cónsul Fannio les expulsó. En el 122, Cayo no fue reelegido tribuno, y en el 121 se propuso la supresión de la colonia en Cartago. El Senado encargó al cónsul Opimio vigilar la seguridad del Estado. Llegando ambos bandos a la lucha, Cayo se suicidó y 3.000 partidarios suyos fueron muertos.J. M. BLÁZQUEZ MARTÍNEZ.
BIBL.: Fuentes: APIANO, Bellum Civile, I; PLUTARCO, Tiberio y Cayo Graco-Estudios: J. CARCOPINo, Autour des Gracques, París 1967; J. CARDINALI, Studi Graccani, Roma 1965; D. C. EARL, Tiberius Gracchus a Study in Politics, Bruselas 1963; P. FRACCARO, Studi sull’etá dei Gracchi, Roma 1967; C. NICOLET, Les Gracques, París 1967; L. PARETTI, Storia di Roma, III, Turín 1953, 306-380; L. Homo, Nueva historia de Roma, Barcelona 1943; C. OMAN, Siete estadistas romanos del final de la República. Los Gracos-Sila-Craso-Catón-Pompeyo y César, Madrid 1944.
Guarda este contenido en tu perfil
Inicia sesión o crea tu cuenta para guardarlo.