Bolsa ECON.
Categoria:
Economía
ECONOMIA. Concepto. Desde muy antiguo suelen los comerciantes y personas relacionadas con el comercio reunirse en determinados lugares y épocas para efectuar transacciones y toda clase de asuntos de su interés. Pero las verdaderas b. tal y como hoy se conocen no nacen hasta el s. xvi, con la aparición de los valores mobiliarios (títulos valores emitidos en masa), a consecuencia de la constitución de la moderna sociedad anónima (v. SOCIEDAD, CONTRATO DE III). La primera b. general, no limitada a nacionalidad determinada, se crea en Amberes en 1460. En Londres se constituye en 1570; y un año después la Lonja de Barcelona se convierte en verdadera Casa de Contratación.Las b. pueden definirse como lugares donde se contratan de forma regular y organizada los valores mobiliarios. No obstante, existen b. especializadas donde se contratan mercancías o servicios (fletes, seguros, metales preciosos, etc., como ocurría en las antiguas Lonjas españolas), pero cada vez más, hablar de b. es referirse al lugar donde se contratan valores mobiliarios. El vocablo b. parece que surge en Brujas, de cierta familia Van der Burse, según unos; para otros procede de la palabra latina bursa, bolsa o bolsillo, donde los cambistas y banqueros de la Edad Media en las ciudades del norte de Italia guardaban sus monedas. Hoy día, las b. de Comercio son, en los países de economía libre o de mercado, el mercado financiero secundario por excelencia, en el cual se han visto amplias repercusiones en cuanto que, al ser un mercado organizado, financia a escala macroeconómica gran parte de la inversión nacional. En la b. se forman y evolucionan conceptos tan amplios e importantes como el opportunity cost y el multiplicador del mercado (J. Fernández Amatriain, o. c. en bibl., 158 ss.). Por opportunity cost se entiende el rendimiento que obtiene un inversor normal para su inversión en b. Tomándolo desde el punto de vista opuesto, será el coste que deberá pagar el empresario por nuevas financiaciones. Su cuantía es distinta, según las clases de empresas y activos financieros: acciones, obligaciones, bonos, etc. Al subir los precios en la b., fenómeno que se genera en ella y es típicamente bursátil, disminuye el valor del opportunity cost y se abarata el dinero. Al bajar la b. ocurre lo contrario. Ligado a este concepto aparece lo que llamamos multiplicador de mercado. Este factor, cuyo valor oscila alrededor de la unidad, viene expresado o definido por un conjunto de circunstancias muy amplio, expectativas de los negocios, beneficios de las empresas, evolución tecnológica, etc.; en una palabra: por la coyuntura económica general. Cuando ésta es buena, los precios de las acciones tienden a subir. Para cualquier empresa con valores en b., si suponemos que el valor de la acción, con arreglo a uñ adecuado criterio, es Y, es casi seguro que su precio en el mercado será MY (M > 1) debido, precisamente a la valoración optimista que ese mercado hace de la empresa. Si la situación empeora, no en la empresa, sino en su entorno, en la coyuntura, entonces es M < 1 y las acciones tienden a depreciarse. Todo ello, y esto es lo que da valor objetivo a este factor, con cierta independencia de la situación y perspectivas de la empresa.Estos dos conceptos son típicos del mercado bursátil. Sin él no existirían y si existieran sería como reclamando un lugar adecuado donde jugar su papel libremente y con la debida intensidad. Sólo un mercado organizado e independiente donde juegan las espontáneas fuerzas económicas libremente y sin extorsión puede garantizar que, en cada momento, los valores señalados corresponden a la verdadera situación de un sistema libre de economía de mercado.En su aspecto social, la b. permite tomar decisiones a un gran número de personas, que movilizan así sus pequeños ahorros. Tiene además otras amplias implicaciones desde el punto de vista jurídico y fiscal. En su aspecto legal, pueden distinguirse dos sistemas en cuanto a la organización y funcionamiento de las b.a) Sistema europeocontinental. El Gobierno respectivo se reserva la facultad de crear y organizar las b. de valores; los agentes de b. actúan con arreglo a normas de rango legal; tienen carácter oficial en sus actuaciones como tales (caso de Francia y España). b) Sistema anglosajón, seguido de forma principal en USA e Inglaterra, donde las b. son instituciones de rango privado. Se organizan y dirigen con arreglo a los acuerdos que toman las respectivas corporaciones. No obstante, es normal que aun en este sistema la autoridad financiera del Gobierno tome activa intervención en la regulación de determinados aspectos del mercado bursátil, bien mediante disposiciones de rango legal, bien por recomendaciones verbales a los gobernadores o presidentes de las b. respectivas.Las bolsas de Comercio en España. Existen remotos antecedentes en España de las Lonjas o Casas de Contratación (v.). No así de las b. propiamente dichas, que no aparecen hasta bien entrado el s. xix. En 1831, se crea la b. de Madrid; la de Bilbao no surge hasta 1890, aunque en esta ciudad existían ya desde el s. xvii Casas de Contratación agrupadas en el Pretorium Cantabricum con unas Ordenanzas de Bilbao que hicieron las veces de código mercantil español hasta la promulgación del primer C. de c. de 1829. En Barcelona aparece la b. Oficial de Comercio en 1915, aunque la Lonja de esta ciudad existía desde 1339.Actualmente, las b. de Comercio están reguladas por el Regl. de 30 jun. 1967; en su art. 1.0 define las b. oficiales de Comercio como instituciones de carácter económico que tienen por objeto la contratación pública mercantil sobre las materias enumeradas en el art. 67 del C. de c. y en el art. 56 del Reglamento, organizadas en régimen colegiado de mediación para la seguridad jurídica y económica de lo convenido y la proclamación oficial de los precios. Recientemente, por Decr. de 6 jun. 1969 se han reglamentado los bolsines, que vienen a ocupar una situación complementaria con respecto a las b., no pudiendo existir bolsín más que allí donde no hay b. Como órgano representativo de las b. oficiales de Comercio existe el Consejo Superior de b. Actúa igualmente como órgano de coordinación y consultivo en cuestiones de su competencia. Depende del Ministerio de Hacienda y de él forman parte, además de los representantes de la autoridad financiera, los tres síndicos de las tres b. nacionales y el presidente de los corredores de Comercio. El órgano de representación, dirección y gobierno de cada b. en particular es la Junta Sindical, cuyo síndicopresidente es elegido cada dos años mediante votación por todos los componentes del Colegio de Agentes de Cambio y b.Los agentes de b. unen a su condición de agentes mediadores (v.) la condición de depositarios de la fe pública mercantil. Este carácter de notario se adquiere por el hecho de la colegialización (art. 93 del C. de c.), y confiere a los documentos intervenidos por el agente el carácter de documento público notarial, y hace irreivindicables los efectos al portador negociados en b. El Decr. de 19 sept. 1936 prohibe la emisión, transmisión o negociación de valores mobiliarios sin intervención de fedatario público, notario, agente de b. o corredor de Comercio. Consecuencia de estas características de la actuación del agente de b. es su rígida disciplina minuciosamente señalada en el Regl. de 1967, C. de c. y otras disposiciones del máximo rango legal. Por sus servicios, los agentes de b. cobran las tarifas señaladas en el arancel de 1950. Generalmente consiste en un tanto por mil del efectivo de la respectiva operación que oscila del 2,5 al 1,25% según los casos. En 1970 el número de agentes de b. era 63 en Madrid, 45 en Barcelona y 30 en Bilbao.Las operaciones de bolsa y el mercado nacional de valores mobiliarios. Según el Reglamento citado, las operaciones de posible realización en las b. españolas son al .contado y a plazo (de esta última modalidad hay varias clases). Las operaciones al contado son aquellas en que las obligaciones recíprocas de los contratantes deben consumarse el mismo día de la celebración del contrato, efectuándose la entrega material de los títulos, a lo sumo, en el curso de siete liquidaciones, tratándose de títulos al portador y de 15 si fuesen nominativos. Y son a plazo aquellas en que las obligaciones recíprocas de los contratantes no deben quedar satisfechas en el día del contrato, sino al vencimiento de un plazo convenido. Actualmente, las únicas operaciones autorizadas son las de contado. Las operaciones a plazo, según el art. 80 del Reglamento, sólo se podrán concertar sobre aquellos valores que autorice el ministro de Hacienda a propuesta del Consejo Superior de B., sobre la cotización calificada, cuya relación se publicará en el Bol. de Cotización Oficial de B. y en la sala de contratación. Hasta el momento, el ministro de Hacienda no ha hecho uso de esta autorización. La razón de que las operaciones a plazo se restrinjan o limiten de algún modo es que estas operaciones son aptas o facilitan de forma principal, aunque no en exclusiva, la especulación (v.). insta, como actividad económica, se caracteriza por ser un tipo de comercio que no busca ganancias de mediación ni rendimientos normales en una inversión (o intereses o dividendos), sino que tiende a aprovecharse de las diferencias de precio a través del tiempo. Conforme la vida económica va adquiriendo alguna importancia, aparece inevitablemente el fenómeno de la especulación, la cual es consecuencia, y se da en todas las actividades humanas, del deseo general de la humanidad de anticipar el futuro, de conocer lo que ocurrirá más allá del momento presente. En la actividad económica se traduce éste en un deseo de conocer el futuro y sacar alguna ventaja económica de este conocimiento. Es, se ha dicho, la lucha de las inteligencias bien equipadas contra el ciego poder de la casualidad. De la especulación como fenómeno social y económico han hablado moralistas y economistas. Así, Keynes afirma (D. Dyllard, La teoría económica de J. 111. Keynes, Madrid 1952, 150 ss.) que en un mercado organizado las expectativas juegan un importante papel como impulsoras de la actividad económica. Si la especulación se define como el intento de prever la psicología del mercado y el espíritu de empresa como el intento de prever el rendimiento de los bienes de capital en toda la duración de su vida, Keynes concluye que la situación de las previsiones a largo plazo que rige las cotizaciones de los valores industriales en la b. es más el resultado de la especulación que del espíritu de empresa. Quizá la opinión de Keynes sea excesiva en cuanto al factor que domina en la b. de valores. De todas formas, se ha de reconocer que la especulación tiene importancia y que, debidamente controlada, es un poderoso motor en un mercado financiero dinámico y progresivo, ya que cumple una importante función económica al nivelar los cambios por medio de sus actuaciones separadas por el tiempo. El especulador invierte un capital; utilizando su cerebro y su intuición corre un riesgo. Todo ello hace que se encuentre justificado su beneficio, aunque cuando sus actuaciones rebasan ciertos límites haya de estimarse como reprobable.El mercado nacional de valores mobiliarios está formado por el conjunto de transacciones, que se efectúan en el país a través del tiempo. Si bien puede ser objeto de contratación cualquier clase de valor, siempre que su puesta en circulación sea regular, sólo son objeto de contratación oficial los valores previamente admitidos a las listas de cotización oficial por la respectiva b. Para esta admisión se exige una solicitud de la empresa emisora de los valores. Para mantener los valores en las listas el emisor deberá facilitar la pertinente información: balance y cuentas anuales, ampliaciones, pago de dividendos, etc.En las b. españolas hay tres clases de cotización: a) simple, que es la que deriva, sin más, del cumplimiento de ciertas normas mínimas; b) provisional, que es una admisión de este carácter que se establece para sociedades y fondos de inversión; c) calificada, que se concede a valores de algunas sociedades si sus títulos gozan de determinada frecuencia y volumen de contratación. El volumen absoluto de los mercados bursátiles españoles ha crecido fuertemente en los últimos años. Así, de una media de 15 a .19.000 millones de pts. efectivas negociadas anualmente. en la década de los 50, se pasa a los 30.582 millones en 1965 y a los 57.240 en 1968. Puede estimarse que de estos totales aprox. el 40% se negoció en la b. de Madrid, el 22% en la de Barcelona y el 9% en la de Bilbao. El 29% restante lo fue por los corredores de Comercio. El sistema de contratación es el de viva voz; los precios de las acciones se expresan en tanto por ciento del respectivo nominal y la mayoría de las acciones tienen un nominal de 500 pts. V. t.: AGENTES MEDIADORES; SOCIEDAD, CONTRATO DE III.J. FERNÁNDEZ AMATRIAIN.
BIBL.: L. BELTRÁN, Diccionario de Banca y Bolsa, Madrid 1969, 196202; A. RODRÍGUEZ SASTRE,, Operaciones de Bolsa, Madrid 1954; L. FERNÁNDEZ AMATRIAIN, La Bolsa, 2 ed. Bilbao 1968.
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