Benelux POLÍTICA
Categoria:
Política
El B. es un ejemplo de integración sin órganos supranacionales. Mientras sus países se encontraban aún ocupados,por las fuerzas nazis, los Gobiernos libres de Bélgica, Holanda y Luxemburgo reunido’s en Londres decidieron formar un solo mercado para las tres naciones. El 21 oct. 1943 se adoptó la Convención monetaria y el 5 sept. 1944 se firmó la Convención aduanera.Terminada la guerra; en la Convención de 1948 se preveían cuatro etapas a cubrir para la formación de una Unión Económica (el B.): La primera suponía la formación de una Unión Aduanera, con adopción de un arancel exterior común frente a terceros países y con la supresión de derechos de aduanas sobre las mercancías procedentes de los Estados miembros; la Unión Aduanera se estableció de inmediato sin necesidad de periodo transitorio. La segunda suponía la supresión progresiva de restricciones cuantitativas y de control de cambios; esta etapa se desarrolló de 1949 a 1957, año en el que se encontraban liberalizados el 97% de los intercambios entre los países miembros (aunque existían cláusulas especiales para la ágricultura). La tercera se consagró a establecer paulatinamente la libertad de circulación de factores (capital y trabajo), para lo cual los países iniciaron en 1951 una política de armonización de sus medidas fiscales; en 1954 se estableció la libre circulación de capitales y en 1956 la de mano de obra. La cuarta se alcanzó con el Tratado de La Haya (1958), que estableció oficialmente la Unión Económica entre los países del B., con libertad absoluta de circulación de personas, bienes y servicios. La Unión supone la adopción de una política común.Las instrucciones del B. tienen un carácter estrictamente técnico y no supranacional. Las Comisiones mixtas de especialistas para los distintos sectores son los órganos coordinadores principales, coordinados a su vez por un Consejo de la Unión Económica y por un Comité de los Ministros; existen igualmente el Consejo Económico y Social y el Colegio Arbitral que resuelve los litigios. Los resultados de la Unión Económica del B. han sido muy positivos en cuanto a estímulo del comercio dentro de la zona y ha tenido también el efecto beneficioso de dar a la Unión una fuerza de negociación mucho mayor que la que hubieran tenido los países separados. Con la creación de la Comunidad Económica Europea, de la que el B. forma parte, este organismo internacional queda inserto en una forma de integración más amplia.M. VARELA PARACHE.
BIBL.: A. H. ROBERTSON, European Institutions, Londres 1959.
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