Privilegio petrino
También llamado «Privilegio de la Fe» toma su nombre de «petrino» en referencia a la potestad dada por Jesucristo al Apóstol San Pedro y a sus sucesores.
Como en el caso del privilegio paulino, su objetivo es el preservar la Fe de aquellos cónyuges que se hubieran bautizado, aunque se aplica a otros supuestos.
En concreto, en aquellos casos de poligamia en los que, tanto un hombre o una mujer, estuvieran casados con varias mujeres o varios hombres, respectivamente y todos ellos no bautizados. En principio, la Iglesia admite el primer matrimonio que hubieran efectuado, pero si les resulta duro permanecer con ese cónyuge, pueden elegir a otro cualquiera de los restantes. El Código de Derecho Canónigo prescribe que teniendo en cuenta la condición moral, social y económica de los lugares y las personas, el Ordinario del lugar ha de cuidar de que, según las normas de la justicia, de la caridad cristiana y de la equidad natural, se provea suficientemente a las necesidades de los restantes miembros del anterior matrimonio que hubieran sido apartados.
Otro supuesto en el que se aplica el privilegio petrino es cuando una persona, tras haber recibido el bautismo, no puede restablecer la cohabitación con el otro cónyuge no bautizado por razón de cautividad o de persecución.
Guarda este contenido en tu perfil
Inicia sesión o crea tu cuenta para guardarlo.