Ordinariato militar
Es una circunscripción personal, asimilada a una diócesis y erigida para la atención pastoral de los miembros de las Fuerzas Armadas de un determinado país.
La atención espiritual a los militares goza de una dilatada tradición cuya estructura fue sufriendo modificaciones en el transcurso del tiempo. El Concilio Vaticano II al modificar el sentido de las diócesis, al considerarlas como una porción del pueblo de Dios, cuyo cuidado se encomienda al obispo, vino a eliminar el concepto territorial de las mismas, abriendo la posibilidad de otras formas de acción pastoral, entre las que señaló la conveniencia de erigir vicariatos castrenses, que fueron regulados por la Constitución Apostólica Spirituali militum curae, promulgada por San Juan Pablo II el 21 de abril del año 1986, por la que se creaban los ordinariatos militares o castrenses, asimilados a las diócesis, como circunscripciones eclesiásticas peculiares, regidos por estatutos propios, emanados de la Sede Apostólica, al frente de las cuales habría un ordinario, dotado de dignidad episcopal, nombrado por el Sumo Pontífice, y con jurisdicción personal, ordinaria y propia.
Los fieles del mismo son los militares y los empleados civiles que sirven a las Fuerzas Armadas; todos los miembros de sus familias, es decir, esposos e hijos, incluidos aquellos que, emancipados, vivan en la misma casa; así como los parientes y los empleados domésticos que así mismo vivan en la misma casa; los que frecuentan centros militares y los que se encuentran en hospitales militares, residencias de ancianos o lugares semejantes o prestan servicio en ellos; y todos los fieles de uno y otro sexo, pertenecientes o no a algún instituto religioso que ejercen un oficio permanente confiado por el Ordinario militar o con su consentimiento.
Los sacerdotes dependientes del ordinario reciben el nombre de capellanes y pueden ser erigidos seminarios propios para su formación, mientras que el ordinario es, a todos los efectos, miembro de la Conferencia Episcopal del país respectivo.
Esta normativa vino a modificar el concepto anterior de Vicariato Castrense, en el que el Vicario al frente del mismo tenía una potestad vicaria, ya que no ejercía en nombre propio, sino en el del Romano Pontífice.
Entre los ordinariatos militares existentes en el mundo se encuentran: En Europa: Alemania, Austria, Bélgica, Bosnia Erzegovina, Croacia, Eslovaquia, España, Francia, Hungría, Italia, Lituania, Países Bajos, Polonia y Reino Unido; en América: Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos, Paraguay, Perú, República Dominicana y Venezuela; en África, Kenia, Uganda y Sudáfrica; en Asia: Corea del Sur, Indonesia y Filipinas; y en Oceanía: Australia y Nueva Zelanda.
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