Ministro
En sentido genérico es todo aquel que desempeña un ministerio, pero especialmente importante es el vinculado a la administración de los sacramentos que son aquellas personas que específicamente pueden conferirlos.
El ministro ordinario del Bautismo es un presbítero o diácono, pero con carácter extraordinario, en caso de necesidad, puede serlo cualquier persona bautizada que tenga intención de bautizar y lo haga con la forma establecida.
El de la Confirmación es el obispo, aunque puede delegar este cometido, por razones fundadas, en un presbítero.
El de la Eucaristía, Penitencia o Perdón y Unción de los enfermos es un presbítero, aunque en el caso del Perdón de los Pecados puede haber algunos casos reservados al obispo o al Papa.
Finalmente, en el Matrimonio, son ministros los propios contrayentes, de manera que el sacerdote solo es testigo de ese consentimiento mutuo, en nombre de la Iglesia.
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