Legado a latere
Es el cardenal a quien el Romano Pontífice encomienda el encargo de que le represente en alguna celebración solemne, como si fuera «él mismo», y también aquel a quien encarga el cumplimiento de una determinada tarea pastoral como enviado especial suyo. Su competencia queda limitada a la misión que el Papa le ha encargado.
Es el único tipo de legados antes existentes cuya denominación se mantiene en el vigente Código de Derecho Canónico, para poner de manifiesto la importancia de sus cometidos.
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