Diócesis particular
Son aquellas que existieron en la antigüedad y, en la actualidad, han desaparecido, cuyo nombre o título se confiere a aquellos obispos que no rigen una diócesis personal, como es el caso de los prelados de los dicasterios romanos, los nuncios apostólicos, los obispos auxiliares o los administradores apostólicos, entre otros.
Hasta fechas relativamente recientes, lo mismo sucedía con los obispos que, por razones de edad, debían cesar en sus diócesis, aunque ahora reciben la denominación de obispos eméritos. Desde 1976, a los obispos coadjutores se les asigna el de la diócesis en el que ejercen su función y otro tanto ocurre con los titulares de prelaturas territoriales y de ordinariatos militares.
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