Código de Derecho Canónico (Codex Iuris Canonici)
Está constituido por el conjunto ordenado de todas las normas que regulan el funcionamiento de la vida eclesial.
Surge como consecuencia de una recomendación del Concilio Vaticano I que subrayó la necesidad de facilitar el conocimiento de las distintas disposiciones canónicas que, en el transcurso del tiempo, se habían ido promulgando y cuyo uso y conocimiento resultaba extremadamente complejo.
Para ello, una comisión nombrada al efecto por el Papa San Pío X comenzó a redactar, en 1904. Tras varios años de trabajos, el Papa Benedicto XV promulgó el 27 de mayo de 1917 el primer Código.
El Papa Juan XXIII, al mismo tiempo que convocó el Concilio Vaticano II, propuso la reforma del Código para adaptarlo a la nueva realidad eclesial, pero no fue hasta la terminación del mismo cuando San Pablo VI nombró, en 1964, a la Comisión encargada de llevar a cabo esta adaptación.
Fue necesario que transcurrieran más de 20 años para que el actual Código fuera promulgado por San Juan Pablo II el 25 de enero de 1983.
El código está dividido en siete libros. El primero está dedicado a las normas generales; el segundo al Pueblo de Dios; el tercero a la función de enseñar de la Iglesia; el cuarto a la función de santificar; el quinto a los bienes temporales de la iglesia; el sexto al régimen de sanciones; y el séptimo a la forma de sustanciar los procesos. Cada uno se divide a su vez en diferentes títulos y estos en cánones que es la palabra equivalente al artículo de las leyes civiles. El Código actual está integrado por un total de 1752 cánones.
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