Binar
Celebrar un sacerdote dos misas en un mismo día. Hubo épocas en los que podían celebrarse el número de misas que, cada uno, considerase oportuno. En el siglo X, se estableció la limitación de un máximo de tres misas diarias.
El Papa Alejandro II (1061-1073) dispuso que celebraran una solamente, con las excepciones del día de Navidad y del Día de Difuntos en los que se celebraban tres. Por necesidades específicas, cada obispo podía autorizar el binar.
El actual Código de Derecho Canónico establece en su canon 905 que «exceptuados aquellos casos en que, según el derecho, se puede celebrar o concelebrar más de una vez la Eucaristía en el mismo día, no es lícito que el sacerdote celebre más de una vez al día». No obstante, si hay escasez de sacerdotes, el Ordinario del lugar puede conceder que, por causa justa, celebren dos veces al día, e incluso, cuando lo exige una necesidad pastoral, tres veces los domingos y días de precepto.
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