Beneficiado
En sentido genérico es toda persona que disfruta de un beneficio eclesiástico, aunque generalmente eran conocidos con este nombre las personas que lo tenían en una catedral o colegiata, con categoría inferior a los canónigos. También los había en algunas parroquias.
Para ser nombrado beneficiado era necesario ser clérigo, tener una determinada edad y reunir las condiciones exigidas para cada beneficio.
Debía efectuar profesión de fe y prestar juramento de obediencia y fidelidad al obispo que lo nombraba.
Entre sus obligaciones figuraba la de asistir al coro para el rezo del Oficio Divino, así como hacer frente a ciertas cargas económicas que fueron reduciéndose en el transcurso del tiempo.
A veces, se llamaba beneficiados a quienes desempeñaban las capellanías, aunque no lo eran en sentido estricto.
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