Año Santo
También llamado «año jubilar» en recuerdo del jubileo que, cada cincuenta años, celebraban los judíos, en el que eran condonadas las deudas y aquellas propiedades vendidas por necesidad retornaban a sus primitivos dueños.
Por este motivo, tienen un sentido de perdón que encuentra su plena expresión en la indulgencia plenaria que los Papas conceden a quienes cumplan determinadas condiciones. En el caso del Año Santo, por excelencia, que tiene lugar en Roma, es preciso visitar las basílicas de San Pedro, San Juan de Letrán, Santa María la Mayor y San Pablo extramuros, rezando por las intenciones del Sumo Pontífice. Es necesario, asimismo, confesar y comulgar dentro de los quince días anteriores o posteriores a la visita.
El primer Año Santo fue convocado por el Papa Bonifacio VIII, en 1300. Aunque dispuso que se volviera a celebrar cada cien años, Clemente VI lo volvió a convocar en 1350, a petición de los fieles de Roma que padecían los estragos de la peste. Para ello, redujo el plazo a cincuenta años que fue modificado, de nuevo, por Urbano VI, fijándolo en 33 años. En 1475, Pablo II lo redujo a 25, periodicidad que se ha mantenido hasta nuestros días.
El Año Santo se inicia la víspera de la Navidad cuando, en una solemne ceremonia, el pontífice abre la puerta santa con un martillo de oro, mientras tres legados suyos hacen lo mismo en las otras basílicas en días sucesivos. Al término del mismo, y también en la víspera de la Navidad, las puertas santas son tabicadas, permaneciendo así hasta el nuevo jubileo.
Dentro de la Cristiandad, además de Roma, tienen concedido el privilegio de celebrar años jubilares in perpetuum, Jerusalén, Santiago de Compostela y Liébana. A estos lugares se unió, recientemente, Caravaca de la Cruz, aunque con algunos matices diferentes, pues mientras los anteriores tienen carácter universal (Roma y Jerusalén), o nacional (Santiago y Liébana), el de Caravaca es, por el momento, de carácter local, lucrándose la indulgencia plenaria propia del jubileo una sola vez, mientras que en los otros puede alcanzarse toties quoties, cada vez que se efectúa la visita en el año. Curiosamente, el privilegio de concesión del Año Santo de Caravaca permite convocarlo cada siete años, un tiempo sensiblemente inferior al de los restantes.
Por otra parte, la Santa Sede ha concedido el privilegio del jubileo, durante el Año Santo, a determinados templos y santuarios de toda la Cristiandad, designados por las correspondientes Conferencias Episcopales.
También se otorga, excepcionalmente, la posibilidad de celebrar Años Santos en algunos lugares, con ocasión de determinados acontecimientos eclesiales.
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