can. 1316
Cuiden los Obispos diocesanos de que, cuando han de establecerse leyes penales, en la medida de lo posible éstas sean uniformes para un mismo Estado o región.
Curent Episcopi dioecesani ut, quatenus fieri potest, in eadem civitate vel regione uniformes ferantur, si quae ferendae sint, poenales leges.
Codex Iuris Canonici (1983)
Código de Derecho Canónico (1983)
Guarda este contenido en tu perfil
Inicia sesión o crea tu cuenta para guardarlo.