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La santidad del nombre divino exige no recurrir a él para cosas fútiles, y no prestar juramento en circunstancias que pudieran hacerlo interpretar como una aprobación del poder que lo exigiese injustamente. Cuando el juramento es exigido por autoridades civiles ilegítimas, puede ser rechazado. Debe serlo, cuando es impuesto con fines contrarios a la dignidad de las personas o a la comunión de la Iglesia.
CCE Catechismus Catholicae Ecclesiae ®.
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