ASAMBLEA PLENARIA DEL EPISCOPADO
Según el artículo o de los Estatutos de la Conferencia Episcopal Peruana, la Asamblea Plenaria es el órgano supremo de la Conferencia. Según el artículo 9o, la Conferencia se reúne en Asamblea Plenaria anualmente, en sesión ordinaria. Extraordinariamente se reúne cuando lo exijan motivos urgentes a juicio del Consejo Permanente, o a pedido de las dos terceras partes de sus miembros (Cf. CIC, can. 453). La Asamblea Plenaria está integrada por todos los Ordinarios del lugar, y quienes se les equipare en el derecho, por los Obispos Coadjutores y Auxiliares, y por los Obispos Titulares, que desempeñan un oficio de carácter nacional por designación de la Santa Sede o de la misma Conferencia (est. art. 3Q) (REGLAMENTO DE LA ASAM-BLEA PLENARIA Cap. I, Art. 1o).
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