Discernimiento personal
Definición. Proceso espiritual mediante el cual el creyente, guiado por el Espíritu Santo, busca reconocer, escuchar y acoger la voluntad de Dios para orientar su vida, sus decisiones y su misión. Supone escuchar a Dios, interpretar los acontecimientos personales a la luz del Evangelio y responder con libertad y responsabilidad mediante el silencio y la oración de escucha.
Raíz doctrinal. Rom 12,2; 1 Tes 5,21; 1 Jn 4,1; Ignacio de Loyola, S. (1548). Exercitia spiritualia [Ejercicios espirituales]. Roma: Apud Antonium Bladium; LEÓN XIV. Mensaje para la Cuaresma 2026: «Escuchar y ayunar. La Cuaresma como tiempo de conversión». Ciudad del Vaticano, 5 de febrero de 2026.
En la Arquidiócesis. Actitud fundamental del discípulo misionero que, desde la oración de escucha atenta, la interiorización y meditación de la Palabra y el acompañamiento eclesial, descubre cómo responder al llamado de Cristo en el contexto de una Iglesia sinodal, misionera y en salida. Es un instrumento indispensable para la conversión personal, la conversión pastoral y la lectura de los signos de los tiempos.
No es. Hacer lo que uno siente o desea, justificar decisiones ya tomadas o basadas en intereses personales, tampoco tratar de adivinar el futuro o buscar señales extraordinarias o actuar únicamente según criterios personales sin confrontarlos con la Palabra de Dios, la comunidad eclesial y la acción del Espíritu Santo.
Guarda este contenido en tu perfil
Inicia sesión o crea tu cuenta para guardarlo.