QUERELLA DE NULIDAD
Recurso por el que se pide al juez que se anule lo establecido en la sentencia. “Pueden interponer querella de nulidad no sólo las partes que se consideren perjudicadas, sino también el promotor de justicia o el defensor del vínculo, cuando éstos tienen derecho a intervenir” (c. 1626 § 1).
Guarda este contenido en tu perfil
Inicia sesión o crea tu cuenta para guardarlo.