PRIVILEGIO
(Del lat. privilegium, de lex, legis ley, y privatus, privado: ley privada). Acto administrativo singular que contiene una gracia otorgada por acto peculiar en favor de determinadas personas, tanto físicas como jurídicas. Lo concede el legislador y la autoridad ejecutiva a la que el legislador haya otorgado esa potestad (c. 76 § 1).
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