PATRIARCA
(En griego, el primero de los antepasados, el cabeza del linaje).
1. Título meramente honorífico, que no comporta en la Iglesia latina potestad alguna de régimen, si no consta lo contrario por privilegio apostólico o costumbre aprobada (c. 438), dado desde el s. VI a los obispos de las cinco grandes sedes de la cristiandad: Roma, Constantinopla, Antioquía, Alejandría y Jerusalén, y extendido luego a otras sedes importantes. Así p. e: Rusia tuvo su propio patriarcado de Moscú después de la caída de Constantinopla (1453), de cuya sede dependía hasta entonces. Al papa Juan XXIII se le conocía con el título de patriarca de Venecia, antes de acceder a la silla de Pedro, por ser obispo de dicha jurisdicción eclesiástica.
2. En el derecho de las iglesias orientales unidas, obispos a los que los cánones atribuyen jurisdicción sobre todos los obispos (comprendidos los metropolitas), el clero y el pueblo de un territorio (patriarcado) o de un rito, jurisdicción que ejercen bajo la autoridad del papa.
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