ENTREDICHO
Pena eclesiástica medicinal por la que unos bautizados (los laicos) se ven privados de ciertos bienes espirituales.
El entredicho prohíbe:
1. “Tener cualquier participación ministerial en la celebración del Sacrificio Eucarístico o en cualesquiera celebraciones de culto” (c. 1331 § 1, 1°).
2. “Celebrar los sacramentos o sacramentales, y recibir los sacramentos” (c. 1331 § 1, 2°).
3. Además, si el entredicho ha sido impuesto o declarado, se establece que quien quisiere actuar contra lo que prescribe el c. 1331 § 0 1° ha de ser rechazado o debe cesar la ceremonia litúrgica a no ser que obste una causa grave (Cf. c. 1332).
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