CONCILIO ECU MENICO
(Del latín concilium, de cum, con y calare, llamar, proclamar). Asamblea universal de los obispos reunidos en un mismo lugar (c. 337 § 1). Lo convoca, preside (personalmente o por delegado), traslada, suspende o disuelve el Papa. También; aprueba sus decretos, determina el reglamento y los puntos a tratarse en el concilio. Pueden haber puntos añadidos; pero previamente aprobados por el Papa (c. 338).
Asisten los obispos miembros del colegio episcopal. Tienen voto deliberativo. También otros no obispos pueden ser llamados a participar en el concilio por el Papa, quien determinará la función que éstos tendrán en el mismo (c. 339).
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