DIACONOS
permanentes, 236; casados, 281 §2;y el culto divino, 835;ministro de la exposición y bendición eucarística, 943;de la comunión, 910;delegado para asistir al matrimonio, 1108 §1; ministro de la palabra y la homilía, 754, 767;y la potestad de dispensar, 89, 1079; remuneración de los casados, 281 §3; edad de los1031 §2.
Codex Iuris Canonici (1983)
Código de Derecho Canónico (1983)
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