BENDICION
apostólica, 530 3°;nupcial, 530, 4°;de la pila del bautismo, 530, 6°;de los aceites que se empleen en los santos óleos, 847 §1, 880 §2, 999;del agua bautismal, 853;Eucarística y celebración, 941; ministro de las bendiciones, 1169 §§2 y 3; destinatario, 1170;de cosas sagradas, 1205,1207; documento acreditativo de la , 1209; pérdida de la , 1212;de Iglesias, 1207, 1217, 1219;de oratorios y capillas privadas, 1237;de altares, 1237;de sepulturas, 1240 §2.
Codex Iuris Canonici (1983)
Código de Derecho Canónico (1983)
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