Taparelli D'azeglio, Luigi
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Biografía GER
Filósofo italiano, especializado en filosofía social. N. el 24 nov. 1793 en Turín; m. el 21 sept. 1862 en Roma. Sus padres fueron Cesare Taparelli d’Azeglio, Conde de Lagnasco y Marqués de Montanera, diplomático en la Corte de Víctor Manuel I, y Cristina Morozzo di Bianzé; le fue impuesto el nombre de Próspero, que luego él, al hacerse jesuita, cambió por el de Luis.Estudió en el Colegio Tolomei de Siena, en el Ateneo de Turín (hasta 1809) y en el Seminario de la misma ciudad. Destinado su padre a la Corte de Pío VII fue con él a Roma y entró en el noviciado jesuita de S. Andrés del Quirinal; se ordenó sacerdote en 1820. Se inclinó a la filosofía de S. Tomás de Aquino (Roma 1824-29, Nápoles 1829-32). Destinado en 1833 al Colegio Massimo en Palermo -para enseñar lengua francesa- fue encargado con la cátedra del Derecho natural. Al encontrar los textos básicos de esa disciplina inaceptables desde el punto de vista de la doctrina católica, se dedicó a su estudio. T. intentó enfrentarse con las cuestiones planteadas por la ciencia jurídica moderna asimilándolas desde la metafísica de S. Tomás. Quería así fundamentar la ciencia del derecho natural, que entendía como parte de la filosofía moral: como ética social. T. era miembro de la redacción de la revista "Civilitá Cattolica" -desde su fundación en Nápoles 1849-50- y encargado del sector "filosofía moral, política y social". Influido por el individualismo de su época, T. -al contrario de S. Tomás- partió del hombre como individuo.Con el método del análisis fenomenológico, llegó a la comprobación de la "sociedad" como orden social nacido de la aptitud y obligación del hombre para la vida social: la sociedad -dice- incluye el reconocimiento de los "derechos propios del hombre" (p. ej., libertad, justicia, dignidad). Y ya que todos los asociados son exteriormente iguales, la organización jurídica y social de la sociedad debe servir al bien individual de todos: al "bien común" de cuya realización se ocupa la economía.La ciencia económica, de sustrato metafísico según T., no olvida o desvaloriza la importancia del interés personal, pero no le concede el primado absoluto y exclusivo entre las fuerzas motrices del hombre en búsqueda de bienestar y riqueza; lo considera como subordenado a los fines más altos del hombre, que "debe esperar siempre la última justificación de sus impulsos a partir de los principios superiores de justicia y de benevolencia, que son los postulados del orden humano. Dentro de estos mismos límites ni siquiera la libre competencia debe ser coartada, pero no debe ser tampoco la regla despótica de la vida económica" ("Civ. Catt." 1856, 111,434). El orden económico -precisamente porque atañe al comportamiento libre de los hombres en torno a la riqueza, y asimismo en torno a las relaciones sociales que ellos contraen en las convenciones y competiciones económicas- no se cumple fuera del orden moral y no puede efectuarse de modo independiente de las directivas morales; "la economía está evidentemente subordinada a la moral" (ib. 257 ss.). En numerosos artículos T. se esforzó en poner de relieve cómo la ciencia económica se basa en principios ético-religiosos (el altruismo), modificando la realidad social y las tendencias negativas del hombre. Llegó así a lo que llama "economía social cristiana".La "economía política" es, para él, la tarea del poder público encaminada a dirigir y ordenar (aunque sin destruir la libre iniciativa privada) el motor del interés individual para alcanzar riquezas coordinando las fuerzas e instituciones económicas según las exigencias de justicia y bien común (Le due Economie, en ib. 1856, 11,609; 111,257-465,611; IV,397; Analisis critica dei primi concetti dell’Economie sociale, en ib. 1857, 111,546; IX, 17). El poder público o la autoridad "es un componente de la sociedad, que ella une" y tiene el "deber de cooperar al bien pública", destinado por la naturaleza a proteger a cada cual el libre uso de sus derechos contra la preponderancia de los más fuertes. T. tuvo que enfrentarse con un problema que en su época tenía más virulencia: la cuestión de la legitimidad del poder público. La autoridad -dice- viene de Dios y viene de la multitud. La sociedad no crea la autoridad, cuya necesidad no depende de la voluntad de los asociados: el común acuerdo se refiere a la forma en que esa autoridad se lleva a cabo. El hombre ha sido creado como ser social, está, pues, incluido en la voluntad del Creador el orden social -aunque sin forma determinada-, lo cual presupone participación y subordinación de los hombres. Autoridad y gobierno son esenciales a la sociedad (Examen crítico del Gobierno representativo, trad. esp. Madrid 1866, I, 19). Su tesis según la cual la doctrina escolástica del derecho natural implica reconocer los derechos de los hombres, como postulado irrevocable, le llevó a pensar en la necesidad de una comunidad internacional que llamó ethnarchia, anticipando así realizaciones posteriores en casi 100 años.ELSE STROBL.
BIBL.: Obras: Saggio teoretico di diritto naturale appoggiato sul latto, 2 vol., 5 ed. Roma 1855 (trad. esp. 2 ed. Madrid 1884); Corso elementare del natura¿ diritto ad uso delle scuole, 5 ed. Palermo 1857; Esame critico degli ordini rappresentativi nella societá moderna, 2 vol. Roma 1854 (trad. esp. Madrid 1866). Bibl. general: P. PIRRI, Carteggi del P. T. d’A., en Biblioteca di storia italiana recente, XIV, Turín 1933; R. JACQUIN, Essai sur les principes philosophiques de I’économie politique, París 1943.
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