Política Social I. Sociología y Política. SOCIOL.
Categoria:
Sociología
Concepto. Lo social es una realidad tan vieja como el hombre pero, como Ciencia y Técnica, produce conceptos jóvenes, sin precisión; esta falta de rigor se manifiesta donde lo "social" aparece calificando a otro término, como ocurre con la P. s., expresión utilizada por primera vez en 1845 por Mohl.Su forzoso apoyo instrumental en la Economía ha producido una orientación economista en muchos de sus doctrinarios, así, en la definición de P. s. formulada por Wagner, "Política del Estado que tiende a combatir, mediante leyes, las situaciones de malestar causadas por un proceso distributivo deficiente", centrando su razón de ser en las imperfecciones de la distribución económica y la necesidad de buscar adecuadas compensaciones. Esta caída del centro de gravedad de la p. s. es explicada por Manuel de Torres (pról. a su Teoría ele la Política Social, Madrid 1949), diciendo que los fines de la p. s., aun cuando sean predominantemente sociales, tienen un importantísimo ingrediente económico y el 80 ó 90% de los medios que utiliza son de naturaleza económica; argumentación explicativa, pero insuficiente, pues no es admisible que la naturaleza de los instrumentos utilizados transfiera su esencia a los fines perseguidos, pues con tal criterio, todas las ciencias serían meros departamentos de la económica, cuyos rendimientos permiten el acceso a los medios e instrumentos que hacen posible cualquier investigación o prestación.Otra corriente se apoya exclusivamente en la intencionalidad del propósito de quien realiza la p. s. Así, Legaz Lacartnbra, que afirma: "La Política es social -para destacarse del campo más amplio de la Política generalcuando la intención inmediata del que politiza, o sea, la política ex parte operantis. es precisamente la de dar remedio a un problema social, o lo que es lo mismo, remediar en alguno de sus aspectos la cuestión social", concepción que atiende a la finalidad perseguida, apuntando a la cuestión social (v.), que propende a remediar.Otros han fijado su atención en los grupos humanos sobre los que actúa la p. s., sin olvidar la norma que preside la acción realizada; así, la concepción de Ludwig Heyde: "conjunto de tendencias y medidas sistemáticas cuyo objeto primordial es regular las relaciones de las clases y estamentos entre sí, según ciertas medidas estimativas, especialmente la equidad". Parece, sin embargo, que el término equidad no es específico de esta Ciencia y envuelve por ello una imprecisión, salvable cuando se sustituya por otro más atenido a su encuadramiento científico.Ello nos mueve a formular nuestra propia definición: p. s. "es el sector de la política que estudia las cuestiones sociales y las vías y medios para resolverlas, bajo los postulados de la justicia social", definición que estimamos más exacta, por cuanto: determina su encuadramiento en el campo de la política, de la que recibe su naturaleza; señala el objeto de su estudio, la cuestión social; especifica su carácter actuante y no neutro, como pudiera ser el de la Sociología y determina su inspiración, aquella manifestación de la justicia que le es específica, la social.Origen de la disciplina. Política social. La constitución de la Asociación para la Política Social, en Alemania en 1872, marca la fundación científica de esta rama del saber; de ella formaron parte, entre otros, Wagner, Brentano y Schmoller, que constituyen la generación fundacional, cuyo credo, en términos vagamente doctrinarios, fue expuesto por el último de los citados, en un famoso discurso en que señalaba, como causa de los males sociales de la época, un acontecer histórico abandonado al cumplimiento de las leyes del liberalismo económico, productor de un desigual reparto de las riquezas, creador a su vez de una desigualdad irritante, que mueve la lucha entre las clases sociales. La batalla dialéctica entablada por Treitschke, defendiendo los principios aristocráticos y la fuerte réplica de G. von Schmoller, al publicar su Política social y Economía política, tres años más tarde, marcan, según Heyde, el nacimiento de aquella disciplina como Ciencia, aun cuando ni siquiera hubiera sido definida. Pero se habían asentado, por encima de los principios liberales de la Economía, los de una moral reguladora de las relaciones sociales y la convenienda de extender la educación, haciéndola generalmente asequible, como base de una política, que años después, J. Costa en España, divulgaría como de "escuela y despensa".Contenido. Los juristas tienden a considerar el contenido de la P. s. en paralelo al Derecho dictado para su aplicación; así Castán estima que, de manera análoga a cromo existen en el Derecho social sectores, de los que son los más importantes el Derecho económico, el agrario y el laboral, etc., el contenido de la P. s. responde a cada uno de ellos.Para quienes cultivan el campo más estricto de la Sociología, predominan los criterios conceptuales. Así, en el pensamiento español observamos: Martínez Santonja, en 1927, marca como misión de la p. s. las relaciones sociales y la distribución de los bienes, para la más amplia participación en la salud, la cultura y el bienestar económico; Legaz Lacambra, en 1949, señala tres, que llama coordenadas: la idea de justicia, que establece la doctrina del hombre y su relación con la sociedad y el Estado, la de la seguridad, que da contenido progresivo a la anterior y en la que integra la seguridad social. (v.) y el criterio de posibilidad económica, que discrimina lo que abstractamente es justo realizar; en 1968, Borrajo centra el tema de la p. s. en la aplicación de la igualdad de oportunidades (v. IGUALDAD III) en favor de todos los miembros del grupo social.Hoy ha de añadirse a estos capítulos el de la colaboración activa, genérica y a distintos niveles, llamada "participación" (v.), que la enc. Mater el Magistra enuncia como "presencia" de los trabajadores en las empresas y de los administrados en los diferentes órganos de la Administración y especialmente donde la acción realizada lo es, en nombre de una colectividad, con sus recursos, para cumplimiento de fines comunes que le son propios.Campo de acción. Objetivos tan amplios no se cumplen exclusivamente por la acción del Estado. Por eso, la palabra Política, con que esta ciencia se sustantiva, ha de interpretarse en su sentido más lato y además de la acción oficial alcanzará a la de las instituciones sociales y entes públicos y privados, incluso las personas físicas. Carece el castellano de un término diferencial que, como observa Recasens Siches, pueda tener la precisión de los ingleses politics y policy que distintamente se refieren, aquél exclusivamente a la acción del Estado, y éste, ampliamente, al arte de llevar a cabo determinados fines, entre los que se encuentran los de las ciencias políticas y concretamente de la p. s. que nos preocupa.Los sujetos que la realización de la p. s. exige, no se agotan en la acción del Estado, ni en el dictado de la norma jurídica que le es propia y exclusiva, ni en la creación de los órganos de aquella política, sino que han de realizarse asimismo por el propio hombre y por lasasociaciones en que se integre para el cumplimiento de los fines interesantes a los grupos así constituidos.La doctrina de la Iglesia ha establecido un orden que delimita los respectivos campos de acción, y así la enc. Mater et Magistra arranca de que al hombre corresponde la responsabilidad de su obra y la perfección de su persona, pero el Estado tiene atribuida, como afirmaba León XIII, la custodia del bien público y la defensa de la justicia y el cuidado del orden social, para lo que participa en la p. s., especialmente con carácter subsidiario que obliga, cuando es insuficiente la iniciativa privada, como destaca Sánchez Agesta. Con su doctrina se pronuncia la Iglesia, dice Perpiñá Rodríguez, por un sano pluralismo (v.), que rehúye cualquier solución unilateral, ya liberal, ya totalitaria (v. II).V. t.: DERECHO DEL TRABAIO; TRABAJADOR: CUESTIÓN SOCIAL; POLÍTICA; etc.M. CATALÁ RUIZ.
BIBL.: L. HEYDE, Política social, Barcelona-Buenos Aires 1931; 1. MARTÍNEZ SANTONJA, El problema social, Madrid 1927; E. BoRRAlO DACRUZ, Política social, Madrid 1968; L. LEGAZ Y LACAMBRA, Supuestos conceptuales de la Política social, "Cuad. de Política Social" 4, Madrid 1949, 9-36; M. CATALÁ Ruiz, Concepto de la Política social, "Cuad. de Política social", 11, Madrid 1951; L. SÁNCHEz AGESTA, Iniciativa personal e intervención de los poderes públicos en el campo económico. La "constitución económica" de los Estados, en Comentarios a la Mater et Magistra, Madrid 1962; A. PERPIÑÁ RODRIGUEz, La socialización, en Comentarios a la Mater et Magistra, Madrid 1962; L. LEGAZ, Desarrollo de la cuestión social, Barcelona 1927; J. MESSNER, La cuestión social, Madrid 1960; 1. M. MÉNDEZ, Relaciones entre Economía y Ética, Madrid 1970.
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